Portos de Galicia informó desfavorablemente al proyecto de construcción de un puerto deportivo en Ameixide, advirtiendo incluso de que de aprobar dicha solicitud la Dirección Provincial de Costas de Pontevedra estaría invadiendo las competencias de la comunidad autónoma en la materia, pues el uso solicitado por los promotores del proyecto es competencia exclusiva de la Xunta.

La Plataforma pola Defensa da Ría de Aldán-Hío hizo ayer público este informe de Portos y considera que resulta definitivo para poner fin al proyecto náutico que contempla cinco pantalanes en la ría de Aldán con capacidad para 143 barcos de entre 8 y 16 metros de eslora.

Portos aporta varias razones para rechazar este proyecto empresarial. En primer lugar explica que el plan redactado en 2014 se modificó un año después. Mientras en la primera redacción el pantalán se destinaba a embarcaciones menores y artesanales, la modificación no contempla ninguna plaza para la flota artesanal.

En segundo lugar Portos señala que en el proyecto presentado "non se xustifica a necesidade da instalación", lo que es un criterio fundamental para la planificación portuaria, "máximo tendo en conta a situación de crise que nos atopamos nestas datas e que persiste na actualidade". Y es que esta situación de crisis condiciona seriamente la explotación de instalaciones similares localizadas en el territorio gallego, incluso "nas proximidades da instalación solicitada".

La tercera razón esgrimida por Portos para rechazar el proyecto náutico es que no se acompaña de un documento de delimitación de los espacios portuarios, que es válido para solicitar la correspondiente adscripción y en su caso el preceptivo plan especial.

Concurso público

Otro de los aspectos citados en el informe de Portos es una contradicción con la Lei de Portos da Mariña Mercante. Y es que según la normativa esta instalación náutico-deportiva tendría que ser seleccionada mediante concurso público abierto, ya que las plazas que superan los 12 metros de eslora son superiores al 20% del proyecto total. Concretamente suponen el 33%.

Además, no se cumpliría el segundo requisito de admisión directa porque el solicitante del proyecto no es un club náutico o deportivo.

Desde la Plataforma señalan que este aspecto condiciona más la viabilidad del proyecto, pues cualquier solicitante debería garantizar el acceso a las instalaciones náuticas "mediante a expropiación dos terrenos necesarios para xerar os accesos, actualmente inexistentes", así como posibilitar la generación de los terrenos para dotar a la instalación de los servicios mínimos marcados por la Ley.