La Audiencia Provincial decretó la libertad provisional sin fianza del vecino natural de Pontecesures, A.C.B., de 65 años de edad, que el día 22 de octubre fue acusado de agredir a su pareja, I.L.D., de 62 años de edad y natural de Cangas. La víctima fue ingresada en el Hospital Clínico de Santiago de Compostela con múltiples heridas de arma blanca.Los hechos sucedieron en Valga. Los magistrados decidieron también imponer una serie de medidas cautelares, como comparecencia semanal en la sede del juzgado o tribunal que conozca de la causa, control telemático del mismo a través de pulsera o de otro mecanismo idóneo, prohibición de aproximarse en un radio de 200 metros a la víctima, a su domicilio y a su lugar de trabajo, así como a comunicarse con ella por cualquier medio durante todo el tiempo que dure la tramitación de la causa. Se le prohibe la entrada y residencia en Cangas por el mismo periodo que el anterior y retirada del pasaporte.

Ayer, en los juzgados del Cangas, se procedió, precisamente a instalar al acusado el control telemático.

Los hechos que se el atribuyen al acusado son graves: homicidio en grado de tentativa y puede alcanzar los 10 años de prisión. Los magistrados de la Audiencia Provincial sostienen que "no podemos dejar de lado que la medida cautelar de prisión, como acaba de indicarse, debe ser concebida tanto en su adopción como en su mantenimiento como una medida estrictamente necesaria, de aplicación subisidiaria y proporcionada a los fines que constitucionalmente la justifican, por lo que en caso concreto, y no hallándose el procedmiento en sus primeros momentos (transcurrieron 4 meses desde que se cometieron los hechos) deben revisarse los fines que se pretendían alcanzar con la adopción de medida cauterlar".