El Concello de Bueu no recurrirá la sentencia del Juzgado de los Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra que le obliga a abonar 65.200 euros al Concello de Cangas. El gobierno local buenense y sus servicios jurídicos han decidido no interponer recurso y abonar la cuantía reclamada, que se deriva de un error del Ministerio de Hacienda y del Instituto de Crédito Oficial (ICO) al realizar las retenciones a los ayuntamientos por la deuda con Isolux-Corsán.
A pesar de renunciar al recurso desde el ayuntamiento buenense dejan entrever cierta disconformidad con los fundamentos jurídicos de la sentencia. "O noso parecer segue sendo o mesmo. Dende o primeiro momento dixemos que agardabamos unha resolución administrativa ou xudicial para facer fronte ao pago", afirman desde el ejecutivo local. Por ello aseguran que se procedará al pago de esos 65.200 euros "o antes posible".
El origen de este conflicto que envenenó las relaciones entre ambos ayuntamientos hay que buscarlo entre finales de 2013 y principios de 2014, cuando el Estado retuvo a los tres concellos que integran la Mancomunidade do Morrazo 1,8 millones de euros para hacer frente a una deuda con la anterior empresa del servicio de la basura. Las retenciones se practicaron en función del porcentaje de participación de cada ayuntamiento en la Mancomunidade, una cuota que se establece en función de su población. Bueu debería hacerse cargodea 424.020 euros; Cangas de 799.690 euros; y Moaña de 60.816. Los servicios técnicos de Cangas detectaron enseguida que se había producido un error mediante el cual el ICO retuvo a Cangas y Moaña 65.200 y 4.700 euros de más, una cuantía que embargó de menos a Bueu.
Posiciones enfrentadas
La situación derivó en un conflicto entre Cangas y Bueu, que mantenían visiones diferentes acerca de cómo resolver el problema. El gobierno cangués, entonces encabezado por José Enrique Sotelo, reclamaba que Bueu se hiciese cargo de esa cantidad. Por su parte, desde el ejecutivo buenense, presidido por Félix Juncal, argumentaban que el error era del ICO y que debía dictarse algún tipo de resolución administrativa para realizar ese abono.
La sentencia del Contencioso-Administrativo reconoce que ciertamente no existe formalmente una deuda directa entre los dos ayuntamientos, pero precisa que cualquiera de los municipios que integran la Mancomunidade cuenta con la "legitimación" necesaria para reclamar la cuantía que considere que se le embargó de más.