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El TSXG ratifica la suspensión del desalojo del edificio Pintos, que gana tiempo para legalizarse

El tribunal dicta una providencia en la que "se tiene por preparado" el próximo recurso de casación - La resolución despeja los resquicios que dejó el auto del juzgado de Pontevedra

Pancarta colgada en el edificio, en la que los vecinos piden indemnizaciones o la legalización del inmueble. // G.N.

In extremis y prácticamente sobre la bocina, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica la suspensión cautelar de la orden de desalojo y demolición parcial del edificio Pintos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo da por bueno el escrito presentado por la representación legal de la propiedad de uno de los pisos y en una providencia comunicada ayer mismo "se tiene por preparado el recurso de casación", que deberá sustanciarse ante el Tribunal Supremo en Madrid.

¿Por qué es importante este paso para los vecinos? En primer lugar por su carácter suspensivo, que deja momentáneamente sin efecto las resoluciones del Concello de Bueu para el desalojo forzoso del inmueble. Esa suspensión cautelar ya fue decretada a mediados de semana por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra, pero ahora cobra mayor fuerza e incluso amplía los plazos legales. No es ni mucho menos un aspecto menor. El auto del juzgado de primera instancia dejaba algunos resquicios porque en el mismo se reconocía que se adoptaban las medidas cautelares "sin perjuicio de lo que pueda acordar el TSXG [instancia superior], como órgano competente para la ejecución de la sentencia". En el fondo se trata de ganar el máximo tiempo posible para buscar un encaje legal al inmueble.

La vía que ha seguido la propiedad de este piso de la segunda planta difiere sustancialmente del planteamiento de la comunidad de propietarios, que se acogió al nuevo artículo 108.3 de la Ley Jurídica de lo Contencioso-Administrativo, aunque ambas se han mostrado complementarias. En este caso se presentó un incidente de inejecución de sentencia por causa de imposibilidad material y legal, que fue capaz de sortear el riesgo de que por el tribunal se considerase "cosa juzgada".

La providencia del TSXG fue acogida con evidente satisfacción por parte de las promotoras del recurso como por parte del Concello de Bueu. "Vén a ser a confirmación do que dixemos dende o primeiro momento, que tiñamos a convicción de que algún ou todos os incidentes presentados podían prosperar e desactivar a orde desaloxo, unha resolución emitida para dar cumprimento a unha sentenza xudicial", valoraba ayer el alcalde buenense, Félix Juncal.

Éste no fue el único pronunciamiento del TSXG. El tribunal también dictó otra providencia acerca del incidente presentado por el Concello de Bueu, que también se refería a la aplicación del artículo 108.3. En este caso la Sala de lo Contencioso-Administrativo concede un plazo de diez días a las distintas partes implicadas para que presenten un escrito con las alegaciones oportunas.

El escenario que se presenta por delante es el de una probable tregua de varios meses, durante los que se intentará buscar vías para evitar la demolición parcial del edificio situado en el lugar de Loureiro. "Queremos trasladar o noso máis sincero respecto e apoio aos veciños, así como a alegría pola suspensión da execución da sentenza", manifiesta el regidor municipal. Pero desde la Alcaldía también deslizan cambios en la actitud manifestada durante las últimas semanas. "Como alcalde, membro dun grupo municipal e dunha organización política que se sentiu acosada tamén farei a miña valoración porque este asunto foi instrumentalizado por outros grupos políticos", lamentó Félix Juncal.

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