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El Poder Judicial deniega el recurso del exjuez de Paz de Bueu y ratifica a su sustituta

La Comisión Permanente del CGPJ afirma que se han cumplido los requisitos legales y de idoneidad - El recurrente tiene aún un recurso en el Contencioso y puede ir al Supremo

El Xulgado de Paz de Bueu, en la Avenida Montero Ríos. // S.Álvarez

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado el recurso de alzada presentado por el exjuez de Paz de Bueu y ha ratificado la propuesta de nombramiento efectuada por el pleno de la corporación, aprobada luego por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El órgano de gobierno de los jueces señala en su recurso que la candidata propuesta por el Concello, la exconcejala Pepa Celard, reúne los requisitos de "idoneidad" para el cargo y que el ayuntamiento cumplió con los requisitos de publicidad y legalidad que se exigen.

El anterior juez de Paz, Luis Souto González, presentó un recurso de alzada contra el nombramiento del nuevo titular Xulgado de Paz de Bueu, un cargo que él ocupaba desde 1989 y al que optaba de nuevo. Esa reclamación se sustentaba en que se daba prioridad a que la persona elegida fuese natural de Bueu y a la necesidad de un relevo en la institución después de casi 25 años con el mismo juez de paz. La Comisión Permanente del CGPJ descarta la argumentación del antiguo titular del juzgado buenense. Afirma de manera tajante que "no cabe duda de que se han cumplido los requisitos de publicidad y legalidad en el procedimiento propuesta de propuesta de Juez de Paz Titular, así como de idoneidad de la candidata propuesta para dicho cargo".

El Poder Judicial argumenta en su resolución que el acto de elección de juez de Paz, tanto el titular como el sustituto, tiene naturaleza discrecional. "Es decir, es el resultado de una libertad de elección entre alternativas igualmente justas o, si se prefiere, entre indiferentes jurídicos, porque la decisión se fundamenta en criterios extrajurídicos no incluidos en la Ley y remitidos al juicio subjetivo de la Administración", reza la resolución.

Esa propuesta debe reunir dos requisitos, que según el propio CGPJ, también se dan en este caso: que el nombramiento lo proponga la mayoría absoluta de la corporación [en este caso el acuerdo fue unánime] y que la persona designada reúna todos los requisitos legales, algo que también se cumple.

El recurso de alzada presentado por Luis Souto también achacaba que en la solicitud de la que finalmente sería juez de Paz había documentación presentada fuera de plazo. En concreto el certificado de no contar con penales. "El hecho de que se haya tenido en cuenta documentación complementaria aportada por la persona nombrada no vulnera los principios alegados por el recurrente, en la medida que la solicitud de documentación se realizó dentro del plazo establecido y, en todo caso, entra dentro de las facultades del órgano administrativo la posibilidad de subsanación y cumplimiento del trámite exigido [...] en el plazo de los diez días siguientes", expone la Comisión Permanente del Poder Judicial.

Recursos

La resolución aún puede ser recurrida con un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Además, el propio Luis Souto presentó un contencioso-administrativo en los juzgados de Pontevedra por la decisión del pleno del Concello de Bueu de inadmitir su recurso de alzada. El consistorio lo remitió directamente al TSXG. Una de las partes personadas en esta causa ya anunció ayer que remitirá de inmediato la resolución del CGPJ al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. "Pediremos que se incorporen a los autos. Entendemos que tras este pronunciamiento del CGPJ es claramente innecesario el juicio", argumentan.

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