El juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra condenó a cuatro empresarios de O Morrazo, relacionados con una asesoría urbanística de Moaña, y a uno de sus socios de nacionalidad lusa, a dos años de cárcel por un delito de fiscal y otro de fraude en el IVA, uno por cada delito. En el primero de los casos también se les impuso una sanción de 310.000 euros y en el segundo de 170.000. La sentencia fue recurrida ya ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

El fiscal de delitos económicos de Pontevedra, Augusto Santaló, había solicitado en su escrito de acusación una sanción de 4 millones de euros, 800.000 euros para cada uno de los acusados. Dos de las acusadas son vecinas de Bueu y socias en la asesoría urbanística. Por delito fiscal se le reclamaban que debían de ingresar a la Hacienda Pública 313. 349 euros y en el segundo, 167.271,44 euros. Los condenados son dos socias en la asesoría urbanística y sus respectivos maridos., así como un ciudadano portugués. Según el fiscal Augusto Santaló, uno de los maridos es el verdadero ideólogo de la operación fraudulenta.

El delito condenado por el juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra hace referencia a una compra-venta que se produjo en el año 2001. El fiscal presentó la querella en 2006. El caso sale a relucir cuando una empresa portuguesa, Socomade, compró una finca denominada, finca Couso, el 4 de diciembre de 2001 por un importe de 40 millones de las antiguas pesetas, unos 640.000 euros, y ese mismo día, ante notario, la empresa que regentan las acusadas la vendieron por 194 millones de pesetas (1.168.074 euros). y después fue vendida a una pescadería que también regentaban las dos socias, por un importe de 60 millones de pesetas (361.445.78 euros). Las cifras en el sumario están en pesetas porque el euro, en ese momento, no había entrado en circulación. El junio de 2014 se inició esta vista que fue suspendida porque la defensa solicitó la presencia de un testigo que trabajaba en la entidad bancaria y también una documentación de la Agencia Tributaria que el fiscal consideraba de poca relevancia. El juicio continuó el día 3 de julio del citado año.

La sentencia del juzgado de lo Penal lleva fecha del día 27 de enero de 2015 y el recurso ante la Audiencia Provincial, concretamente ante la sección segunda, es del 30 de enero de 2015.

Socomade

En el año 2010, la firma Socomade recurrió ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), donde aparece como administración demandada el Tribunal Económico Administrativo Regional de Galicia.

En esta sentencia se señala que el contrato realizado entre la empresa Socomade y los propietarios de la finca do Couso fue simulado. "Que se ben son grandes as dificultades que encerra a proba plena da simulación dos contrato, como tivo ocasión de sinalar a xurisprudencia do Tribunal Supremo, polo natural empeño que poñen os contratantes en facer desaparecer todos os vestixio da simulación e por aparentar que con contrato é certo e efectivo, reflexoda realidade, o que obriga, na totalidade dos casos a dedudir a simulación de proba indirecta das presuncións, existen no caso numerosos indicios para atender que nos encontramos ante unha simulación", señala el fallo TSXG.