Ahora que empieza la temporada de fiestas parroquiales y verbenas, las comisiones organizadoras de O Morrazo empiezan a mostrar su preocupación por la nueva ley que regula los espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia que les obligaría, para poder obtener el permiso del Concello, a presentar un plan de actuación firmado por un técnico, cuyo coste, según señalan, podría ascender a 500 euros. "Con esto se van las fiestas al garete", asegura el presidente de la comisión de de Coiro, Casimiro Martiñán. Las comisiones, ya acorraladas por los pagos que les exige la Sociedad General de Autores (SGAE) por los derechos de autor, según la ley, estarían obligadas ahora a incluir también en su solicitud de autorización, un plan de emergencia, además del contrato de responsabilidad civil.

El temor surgió tras la primera voz de alarma que dio el Concello de Vila de Cruces, cuyos técnicos municipales consideran que debe de aplicarse la nueva normativa. Hasta ahora, la aplicación de la normativa está siendo desigual, dependiendo de los concellos. De hecho, en Cangas, por ejemplo, se autorizó una fiesta hace unos días de acuerdo a la normativa anterior. El presidente de la comisión de fiestas había presentado una solicitud de autorización que fue aprobada con la obligación de tener en vigencia un seguro de responsabilidad civil y que de ser necesaria una instalación eléctrica, se realizara con un electricista homologado de acuerdo al Real decreto 842/02. El permiso recogía que se autorizaba la fiesta "supeditada a cualquier tipo de permiso o licencia que legalmente proceda", además de establecer unos criterios para regular el tráfico, peor no exigió plan de actuación.

El presidente de las fiestas de Coiro, Casimiro Martiñán, ya mostró su preocupación en un programa radiofónico reciente sobre verbenas de Galicia en el que estuvieron presentes comisiones de otras localidades.

El problema está en que los técnicos de los concellos no quieren firmar autorizaciones si no se ajustan a la ley. En el caso de Vila de Cruces, su alcalde Jesús Otero ya se reunió con los portavoces municipales para arbitrar alguna solución alternativa para evitar tantos costes a las comisiones de fiestas, como por ejemplo, exigirles una memoria de actividades, en lugar de un informe técnico, aunque quien tiene la última palabra es la Xunta que aprobó la normativa.

La Ley está estructurada en cuatro capítulos, que comprenden 44 artículos, cuatro disposiciones adicionales, tres transitorias y una derrogatoria. En la exposición de motivos señala que la Comunidad Autónoma de Galicia tiene transferidas las competencias en materia de espectáculos públicos y que esta ley es la primera norma autonómica que llena el vacío normativo. El objeto, señala, además de garantizar la seguridad de las personas y de los bienes, la higiene de los establecimientos y la comodidad de los usuarios, asegura la compatibilidad entre el derecho al disfrute y el descanso de los ciudadanos y otorga una relevancia especial a la protección de la infancia y adolescencia recogiendo, entre otras, las obligaciones de la normativa de prevención del consumo de alcohol en menores de edad.

En el artículo 4 de competencias municipales, alude que será competencia de los Concellos autorizar la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas que se realicen en el municipio con ocasión de fiestas locales y verbenas populares, requieran o no utilización de la vía pública. En el artículo 6 hace referencia a las condiciones técnicas y de seguridad que deben de reunir las actividades recreativas sometidas a esta ley (seguridad para público, artistas, trabajadores; solidez de estructuras, prevención de incendios, salubridad y protección del entorno urbano). En el 7, es en el que se alude a que los organizadores de espectáculos deberán elaborar planos de emergencia y autoprotección con un protocolo de actuación con un estudio de factores de riesgo, identificación de las personas o equipos que llevarán a cabo los procedimientos de emergencia, identificación de los servicios de atención de emergencias y protección civil, procedimientos de actuación ante emergencias y, entre otros, planos de situación.

Respecto a los seguros, en tanto no se desarrolle el reglamento, especifica los capitales mínimos que deben de cubrir las pólizas para los espectáculos públicos: de 150.000 euros hasta 100 personas; de 250.000 hasta 200 personas; 400.000 hasta 300 personas y 600.000, 900.000; 1.200.000 y 2.000.000 si son hasta 700, 1.000; 1.500 y hasta 5.000 personas, respectivamente.

La ley establece un régimen de sanciones con multas que van desde los 300 a los 601.012 euros, según el tipo de infracción. Para las leves la sanción es de 300,51 euros; para las graves, de 300,52 a 30.050 euros; y para las muy graves las multas oscilan entre los 30.050,62 a 601.012,1 euros.