El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra ha respaldado la decisión del Concello de Cangas de paralizar las obras de acondicionamiento de los accesos a la factoría de Massó con vistas a la construcción del puerto deportivo. La sentencia emitida por este órgano desestima el recurso interpuesto por la empresa Puentes y Calzadas contra la medida adoptada por el concello, y da un plazo de 15 días para presentar recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

La Cofradía de Pescadores San José de Cangas ha mostrado su satisfacción por el pronunciamiento judicial que, en su opinión, "ratifica en parte la ilegalidad de las actuaciones emprendidas por Residencial Marina Atlántica en la construcción del puerto deportivo". Esta sentencia, continúan, demuestra que el Concello de Cangas "se hallaba habilitado legalmente para impedir el acondicionamiento de los caminos públicos y privados del entorno de Massó, al no contar con la preceptiva licencia municipal que debería haber solicitado Residencial Marina Atlántica o Puentes y Calzadas".

El fallo judicial rechaza la argumentación de la empresa, que alegaba la nulidad de la resolución municipal, por estar las obras ya ejecutadas. Asimismo, también acredita que no consta que la actuación del concello "fuese desproporcionada, irrazonable y falto de lógica o incongruente", sino que los hechos justifican "una rápida actuación administrativa". Por último, tampoco considera la alegación de la empresa de que la licencia estaba conseguida por silencio administrativo.

Desde la cofradía canguesa recuerdan que la constructora defendía su recurso "hablando de una mera limpieza del terreno con vistas a la confección de levantamiento topográfico", algo que, añaden, "contrasta con la realidad plasmada en la sentencia". Asimismo, afirman que la misma "obliga al Concello de Cangas a abrir un nuevo procedimiento sancionador imponiendo multas a ambas empresas por la realización de obras ilegales en suelo público".