El juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra condena la Concello de Cangas a pagar 20.932,24 euros al colectivo que gestionaba la guardería infantil de Cangas, antes de que pasase a ser galescola. La comunidad de bienes Trasnos fue la encargada de gestiona desde el día 5 de agosto de 2005 hasta octubre de 2008 la guardería municipal del Concello de Cangas. El colectivo reclamó al Concello los pagos por los servicios prestados de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2008. El Ayuntamiento alegó la falta de conformidad con las facturas.

La parte demandante presentó las facturas mensuales en los meses anteriores a los que reclamaba. La administración no discute la existencia del contrato, ni alega incumplimiento o defectuoso incumplimiento del servicio, limitándose a negar de forma genérica las facturas que aportó la demandante. "Teniendo en cuenta que no habiéndose acreditado el pago por la administración demandada, que es quien tiene la carga de la prueba, y sin que se haya dado razón alguna para el impago, ha de estimarse que la actuación administrativa impugnada no es conforme a derecho, siendo procedente la condena del Concello de Cangas a abonar a Trasnos SC la cantidad reclamada de 20.932,24 euros, suma de las facturas de agosto, septiembre y octubre de 2008 y los interese legales correspondientes". El juzgado no aprecia mala fe, por eso no impone las costas al Concello de Cangas. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y es de suponer que así ocurra, al menos para dilatar en el tiempo los pagos.