DAVID GARCÍA - O MORRAZO
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra acaba de declarar improcedente el despido de un bombero del parque comarcal de O Morrazo y obliga a la empresa que gestiona las instalaciones, Celta Prix, a su readmisión o bien a una indemnización. El fallo judicial se acaba de conocer y el sindicato CIG se ha apresurado a exigir la readmisión del trabajador. “En las conversaciones que mantuvimos con la empresa siempre aseguró que respetaría lo que dictase la justicia”, aseguran fuentes sindicales.
En los fundamentos de Derecho de la sentencia se asegura que “no hay conductas individualmente, o apreciadas en conjunto, susceptibles de ser sancionadas con el despido, pudiendo atribuir el mismo a otras razones, pero no a un efectivo y voluntario incumplimiento del trabajador de sus obligaciones”. La CIG considera que esta aseveración confirma su tesis de que el cese del bombero, con grado de cabo, fue una maniobra “artellada pola propia empresa”, que según las fuentes sindicales “aproveitouse de feitos aillados que pasan a cotío na convivencia de grupos de persoas para argallar os motivos do despido”.
Carta
En concreto, los delegados sindicales consideran que la sentencia judicial “desmonta os argumentos esgrimidos pola empresa en canto a existencia de faltas graves ou acusando a esta persoa de ser un mal traballador e mal compañeiro”. En el juicio se aportó una carta de queja suscrita por otros miembros del cuerpo y que Celta Prix utilizó para justificar el despido del cabo en base a unas supuestas “ofensas verbales o físicas a las personas que trabajan en la empresa”. Pero el juez entiende que “debidamente analizadas una por una [esas quejas] no tienen trascendencia sancionatoria, al menos para un despido”. E incluso estima que en todo caso “la empresa fue en cierto modo consentidora de esa situación al no poner remedio”.
Uno de los asuntos más polémicos fue la grabación de un vídeo de contenido erótico en las instalaciones del parque, unas imágenes en las que aparecía un “stripper” de Vigo y que fueron tomadas durante un turno de guardia del cabo despedido. El fallo judicial afirma que tal grabación “no pasa de ser una exhibición del cuerpo de una persona [...], que utiliza la chaqueta abierta de bombero, con el logotipo de Bomberos del Morrazo en actitudes que destacan su musculatura, sin pasar a contenidos de tipo sexual y más explícitos, algo que puede ser erótico [...], pero que hoy en día no puede calificarse de escandaloso”. Argumenta también el juez que “no cabe derivar una ofensa o efectos negativos al nombre de la empleadora, adjudicataria de un servicio, que no se han probado siquiera con la presentación de quejas o petición de explicaciones por parte de usuarios o de la empresa con la que contrató”. Es más, en el fallo judicial hasta se atribuye a Celta Prix cierta responsabilidad en la difusión de ese video. Y es que no fue hasta después del cese “cuando aparece el hecho como noticia, pero vinculado al despido mismo, por lo que curiosamente, la difusión parece que se provocó tras la decisión de la demandada”.
De todos modos, la sentencia no es firme y la empresa adjudicataria de la gestión del parque comarcal tiene la posibilidad de recurrir.