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La Audiencia desestima otro recurso del Concello sobre la casa del alcalde de Bueu

El auto judicial asegura que el letrado municipal no ofrece novedades e insiste en que el Ayuntamiento debe revisar la licencia otorgada para reformar la vivienda de Félix Juncal

 
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Casa del alcalde de Bueu  // Gonzalo Núñez
Casa del alcalde de Bueu // Gonzalo Núñez 

J.C. - BUEU El juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra desestimó el recurso de reposición interpuesto por el Concello de Bueu contra la decisión de esa sala de rechazar el recurso interpuesto por ese mismo ayuntamiento contra la sentencia que declara que existen indicios de falsedad documental en la licencia otorgada por el Concello de Bueu al ahora alcalde, Félix Juncal, para reformar su casa y ordena su revisión. Asegura el nuevo auto judicial que los motivos que alega el letrado municipal para fundamentar su recurso de reposición "no vienen sino a reproducir aquellos que ya hizo valer en el incidente sobre fijación de cuantía y los que utilizó para recurrir en súplica la providencia que declaraba firme la sentencia dictada.
Félix Juncal realizó la solicitud de licencia cuando era concejal del BNG en la oposición y el proyecto estaba firmado por el hoy concejal de Urbanismo, Marín Villanueva. La licencia era para reparar el tejado y en la denuncia contra el alcalde se asegura que hubo aumento de volumen en más de la mitad.
El popular José Barreiro, pide al alcalde, ante este nuevo auto judicial, que se deje de mediar entre los vecinos de Ons y la administración autonómica y y se ponga de una vez por todas a revisar su licencia, tal y como le ordena el juzgado de lo Contencioso número 3 de Pontevedra. Pide que acate de una vez por todas la orden judicial y se deje de gastar dinero de erario público en su defensa. "Que evite mas gastos que solo benefician a él. No se sí está esperando a que cambie la ley para legalizar su situación. Él sabe perfectamente que defiende algo que es indefendible.", asegura un eufórico José Barreiro que recuerda que pueden ser 4 años de inhabilitación de cargo público.

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