El juicio para determinar la responsabilidad del accidente que provocó el hundimiento de la calle Johán Carballeira de Bueu, en julio de 2005, ha quedado visto para sentencia. La vista oral se acaba de celebrar en la Audiencia de Riveira, localidad en la que tiene sede la empresa demandada, Construcciones y Contratas Lisardo S.L. La parte demandante, la buenense Promociones Pérez y Casal, le reclama alrededor de 230.000 euros por los gastos que tuvo que afrontar en concepto de reparación de daños en la vía pública y en los servicios urbanos, como abastecimiento de agua. Los demandantes sostienen que la responsabilidad del accidente corresponde a la primera empresa, que se encargaba de las excavaciones en el solar sobre el que se construyó finalmente el edificio.

La vista se tuvo que aplazar debido a que la contratista fue declarada en rebeldía y no se personó a la hora de aportar pruebas y documentos periciales a su favor ni tampoco en el juicio que se celebró esta misma semana. La defensa de la promotora se sustenta en que las obras de vaciado del terreno concluyeron el viernes 1 de julio de 2005, fecha en la que Lisardo Construcciones y Contratas decidió retirar sus máquinas. Sin embargo, una de ellas - una excavadora de 35 toneladas- quedo estacionada sobre la acera y fuera del perímetro de la obra, a la espera de ser trasladada el lunes.

El accidente ocurrió en la noche del sábado 2 de julio y la defensa de la promotora argumenta que el origen del siniestro está en la rotura de las tuberías que pasaban por debajo del lugar en el que estaba estacionada la máquina. Siempre según la parte demandante, al romperse las canalizaciones, se produjo un vaciado de los limos y desapareció el sustrato vegetal que sustentaba la acera, lo que provocó que la excavadora basculase e impactase directamente contra uno de los muros pantalla de la obra. La consecuencia más evidente de los daños que sufrieron esos muros es que el perímetro de la obra, que debería ser un vaso estanco, perdió esa condición y afectó a los inmuebles colindantes y a la propia vía pública. Por precaución, los vecinos de uno de esos edificios fueron desalojados durante varias horas.

Después del accidente, el Concello de Bueu envió a la promotora un requerimiento, firmado por la entonces alcaldesa Elena Estévez, y en el que se instaba a la reparación de los desperfectos ocasionados en la calle. Promociones Pérez y Casal decidió acometer y sufragar de inmediato esos trabajos “por responsabilidad”. Éstos consistieron en la reconstrucción de la parte de la calle que se hundió, su asfaltado y la sustitución de las canalizaciones dañadas. El coste total rondó los 230.000 euros, una cuantía que ahora reclama a Lisardo Construcciones y Contratas, a la que considera responsable del accidente.

La jueza debe decidir en función de las pruebas aportadas si realmente la responsabilidad de lo ocurrido recae sobre la contratista demandada. En caso de que así sea, ésta aún tendrá la posibilidad de recurrir la sentencia pese a no personarse en el juicio. Eso sí, lo que no podrá hacer es aportar nuevas pruebas y deberá ajustarse a las que consten en autos.