El Partido Popular de Lalín registró anteayer un recurso de reposición contra los decretos de la Alcaldía mediante los que se aprobaron cambios en la denominación de cuatro rúas del núcleo urbano: Bos Aires, C, D y F. La medida ya había sido deslizada en pleno por el concejal José Antonio Rodríguez y ahora su portavoz municipal, José Crespo, el que firma una solicitud que entiende tiene un sustento legal; es decir, que las decisiones del ejecutivo no se tomaron con arreglo a derecho.

En esencia, los populares sostienen que estos cambios no pueden aprobarse mediante decreto del presidente de la corporación, sino que, tal y como establece el propio reglamento específico, deben ser sometidas a aprobación en pleno. En primer lugar, indican que en 2001 el Concello aprobó un Regulamento para a concesión de Honras e Distincións que, en uno de sus apartados, alude a la denominación de espacios públicos, instalación de estatuas y monumentos o la celebración de homenajes. En el mismo se expone que estos acuerdos "se adoptarán previa a la tramitación del expediente establecido" o que otro artículo habla de que la Alcaldía reunirá a una comisión formada por miembros de la vida social, económica y cultural a fin de que presenten una candidatura al pleno para su elección definitiva. Y, además, que una vez elevada la propuesta o propuestas al pleno, estas deberán contar con el voto favorable de la mayoría absoluta del número de hecho de los miembros de la corporación. En casos de urgencia el alcalde sí podría, por iniciativa propia o a petición de un grupo político, someter directamente a pleno una propuesta, si bien es preciso que se cierre por dos terceras partes de la corporación mediante votación secreta. Y subraya que este reglamento sigue en vigor al no haber sido derogado. También repara en que en el primer considerando de los decretos de los días 6 y 13 de abril se transcribe que "este expediente no afecta al ámbito de aplicación" del mencionado reglamento, sin que se haya argumentado el por qué de esta no afección. Otro epígrafe que clarifican los populares tiene que ver con que, como fue aprobado en su momento, la comisión del callejero debe decidir "de forma consensuada y plural" los nombres de rúas que carezcan de él, será de carácter consultivo y formado por expertos sin cargo político que pueden ser propuestos por los grupos municipales. Otro dice que serán miembros los portavoces de cada uno de los grupos políticos. En este caso el PP remarca que no existen acuerdos plenarios que contemplen la instrucción del expediente al margen del reglamento en vigor, como sí se recoge por el contrario en el decreto. Al margen de la insistencia en que el bautizo de nuevas rúas -en este caso son modificaciones sobre la nomenclatura existente-, el PP, como ya había advertido en pleno mediante una pregunta al secretario municipal, los decretos del presidente de la corporación no están avalados por ningún informe ni de la Secretaría General ni de la asesoría jurídica del ayuntamiento que acredite "que las competencias corresponden a la Alcaldía y no al pleno". Por ello también razona que se están conculcando los derechos de la corporación municipal y de los vecinos al atribuir competencias del cambio de nombres en espacios públicos a quien no las tiene. O que el decreto es anulable porque la competencia que se ejerce está delegada en la junta de gobierno y no fue abocada.

Crespo, además, solicita la suspensión cautelar de la aplicación de cualquier medida concurrente en la aplicación de los decretos mientras el recurso no haya sido resuelto, "con el objeto de no provocar al interés general y a los vecinos daños y perjuicios de imposible o muy difícil reparación derivados de la aplicación de unas resoluciones que son nulas de pleno derecho" por haber sido tomadas por un órgano incompetente.