Un contundente informe de la interventora municipal del Concello de Lalín, Eva Casal, cuestiona el contrato a un abogado para la elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y que el encargo fuese ejecutado. La alta funcionaria, en un informe de 15 páginas, repasa cada uno de los episodios que considera deben ser reparados y en sus conclusiones viene a exponer que la Alcaldía planteó abonar los servicios al profesional por un contrato a todas luces inejecutado; algo que podría tener serias consecuencias a medio plazo.

La interventora, que por cierto cesó anteayer por un concurso de traslados, dejó elaborado un informe solicitado por el Partido Popular, que ya se había interesado en varias ocasiones por este contrato. Expone que la utilización de la figura del contrato menor para la elaboración de una RPT "suscita cuando menos importantes dudas en cuanto a la adecuación del objeto a la modalidad de contrato menor", debido a la complejidad del mismo y advirtiendo de que "en ningún caso" puede ser objeto de una prórroga ni tener una duración superior a un año. Previamente, la alta funcionaria desea dejar constancia de que la emisión extemporánea del informe "deriva de las dificultades encontradas a la hora de recabar la documentación necesaria para la emisión del mismo" y en concreto a que la remisión de los trabajos entregados a este departamento se produjo el 19 de febrero pasado. Cabe recordar que el contrato había sido aprobado en junta de gobierno el 29 de agosto de 2016.

Sin plazos

También razona que aun decidiendo un contrato menor, debería haberse especificado con claridad las prestaciones a realizar por el adjudicatario y, asimismo, "la previsión expresa de plazos de entrega parciales con el objetivo de posibilitar el seguimiento de ejecución del contrato" y, por tanto, su cumplimiento. Asimismo, informa que el adjudicatario "incumple claramente el plazo de ejecución del contrato", porque los trabajos son entregados el 19 de febrero de este año y el contrato formalizado en agosto de 2016. Ahí es donde remarca que los contratos menores no pueden extenderse por más de un año ni prorrogados.

Facturas pagadas

Casal manifiesta, en relación a las facturas, que a fecha de 14 de marzo figuran aprobadas y pagadas un total de nueve por importe de 15.427 euros. Además, constan tres facturas presentadas por el abogado con registro de entrada de 21 de noviembre de 2017 pendientes de aprobación y abono. Estas facturas habían sido conformadas por la Alcaldía también en noviembre del año pasado, mientras que los trabajos no se entregaron hasta el día 19 del mes pasado. De estas facturas se dio cuenta al pleno del 23 de febrero. Sobre este particular la funcionaria indica que el expediente debe completarse con el informe del jefe de servicio de personal del Concello y tampoco consta el informe jurídico de Secretaría, requerido por ella y por el grupo popular.

"Archivos adjuntos"

Por otro lado, afirma que los correos electrónicos remitidos por el abogado al departamento de personal "no pueden considerarse de modo alguno como prestaciones realizadas" conforme al contrato pues son "simplemente archivos adjuntos que carecen de validez legal". Una vez que la interventora se ve limitada para informar sobre el expediente, añade que ello le impide determinar con exactitud el grado de cumplimiento del contrato, "pues no consta en el expediente ordinario en soporte papel que se formalizase contrato administrativo en el que se previese la obligación del adjudicatario de realizar entregas "parciales en fechas determinadas". Prosigue en su informe indicando que la documentación entregada constituye un conjunto de documentos varios, algunos sin relación entre sí y que a su juicio "no se corresponden" con una propuesta de RPT porque en la documentación aportada no aparece una valoración de todos los puestos laborales, ni contiene fichas de cada uno de los trabajadores en las que se definan sus funciones por puesto. Tampoco contienen un estudio o diagnóstico inicial del cuál es el organigrama del plantel del ayuntamiento como número de trabajadores por categorías, plazas vacantes, propuestas de creación o amortización de puestos que sirva como punto de partida para la reorganización de los recursos humanos "tal y como exige el acuerdo de la junta de gobierno local". Una parte de los trabajos entregados por el adjudicatario constan de "tareas incardinables en las funciones reservadas a funcionarios públicos", algo que no forma parte del contrato, como tampoco cuestiones referentes a la defensa judicial del Concello en diversos procedimientos.

Por último, insiste en que sus consideraciones podrían completarse con otras con un mejor respaldo jurídico del secretario municipal -cuyo informe no figura- o el informe del jefe de personal, que estaría de baja cuando Eva Casal elaboró sus conclusiones.