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Multas de entre 600 y 30.000 euros

Según la Ley de Tráfico, la administración podrá ordenar el traslado del vehículo a un centro autorizado de tratamiento para su destrucción y descontaminación en tres casos: cuando transcurren más de dos meses desde la inmovilización o retirada de la vía pública y el titular no formule alegaciones, cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su traslado por sus propios medios o le falten las placas de matrícula, o cuando, recogido por una avería o accidente en un recinto privado, el titular no lo retire en dos meses.

Si el vehículo es identificable, antes de su retirada, la Policía Local o el órgano competente tiene que realizar un informe sobre su estado, la administración debe pedir a su propietario que lo saque y, si no lo hace en un mes ni presenta alegaciones, será retirado. Si el coche carece de matrícula, la substracción es inmediata, previo informe sobre su estado.

Los dueños de los coches en estado de abandono se enfrentan a la incoación de un posible expediente sancionador por la comisión de una falta grave, con multas que, en estos casos, oscilan entre los 600 y los 30.000 euros.

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