Tanto la capilla de Lalín de Arriba como la construida por los vecinos de Pareizo y Cotarelo hace 35 años no están pagando el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). El motivo no es otro que su uso religioso que se apoyaría en el concordato con la Santa Sede suscrito entre el Estado español y la Iglesia Católica en la década de los años setenta del siglo pasado mediante el que los bienes de culto, casas rectorales o lugares de residencia de los religiosos están exentos de satisfacer este tributo a la administración local correspondiente. Si ambas pasasen a manos de los vecinos -la de Pareizo sí parece evidente que deberá ser registrada por ellos al negar el Obispado su titularidad- deberían, en principio, ser dadas de alta en el padrón y comenzar a pagar el impuesto que grava la propiedad. Otra cuestión no menos relevante es que las iglesias de las diócesis cuentan con un seguro de responsabilidad civil al que están obligadas por tratarse de un espacio de uso, en la práctica, público, con el que hacer frente a posibles accidentes. La institución religiosa además podría reservarse el derecho de enviar a sacerdotes a oficiar misas si estas iglesias no están bajo su jurisdicción, al margen de que no haya curas para atender ya a toda las parroquias que lo solicitan.