"Desde lejos ya se divisa lo que mejor identifica el conjunto, la torre de planta cuadrada, en estado semirruinoso, de origen medieval, adosada a la cual surgió posteriormente el pazo". Así comenzaba el ilustre Pedro Varela Castro la descripción de la Torre de Guimarei. Su narración se ajusta a lo que puede percibir cualquiera que se acerque hasta el lugar de A Torre, en la parroquia estradense de Guimarei. Los vestigios de esta antigua fortaleza utilizan su estratégica situación para sorprender al visitante, en el caso de que este no llegue hasta estas tierras siguiendo la pista de este emblema de A Estrada.

Parte de una antigua fortaleza medieval destruida tras la revuelta de Os Irmandiños, fue reconstruida en el siglo XVII y se convirtió en objeto de una "reconquista" iniciada por diversos dirigentes de A Estrada para sumar este legado al patrimonio de todos los estradenses. Ya en la década de los 70, durante el mandato de Mario Blanco, se establecieron negociaciones entre la administración local y sus propietarios. Tras desvanecerse esta aspiración, un registrador de la propiedad adquirió este conjunto histórico en el verano de 1999.

En junio de aquel año este particular compró una finca en Guimarei de 9 hectáreas, 95 áreas y 70 centiáreas. Sobre ellas existía un "típico pazo gallego" -se recoge en una de las sentencias dictadas en estos años- y la denominada Torre de Guimarei. El mismo texto detalla que el precio de la compra se fijó en 60 millones de las antiguas pesetas o, lo viene a ser lo mismo, 360.000 euros. La inscripción en el registro tuvo lugar el 28 de agosto de 1999. "Los otorgantes de la escritura notarial no participaron dicha operación de compraventa a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo", se recoge en una de las resoluciones judiciales.

En un pleno celebrado el 8 de octubre de aquel 1999, el Concello de A Estrada decide solicitar a la consellería el ejercido del derecho de retracto. El trámite se informa favorablemente por parte de los asesores jurídicos, entendiendo que el ayuntamiento no pudo ejercitar el derecho de tanteo "porque las partes vendedora y compradora" -siempre en base a lo recogido en las sentencias dictadas al respecto- "no participaron la compraventa a la consellería". El ayuntamiento decide asumir las obligaciones económicas que se deriven del ejercicio del derecho de retracto, que se limita únicamente a la torre, ya que de la totalidad de la finca registral "solo este edificio goza de la condición de bien de interés cultural".

Por tanto, defendiendo que debería haber sido informado de esa operación de venta, el Concello de A Estrada, respaldado por la Xunta, plantó batalla en los tribunales para recuperar esta antigua fortaleza. El proceso judicial se dilató durante años, después de que el comprador presentase un recurso contencioso-administrativo contra la orden de 9 de septiembre de 2000 de la Consellería de Cultura de la Xunta de Galicia sobre el derecho de retracto a favor y por cuenta del ayuntamiento estradense. En verano de 2007 el Tribunal Supremo terminó reconociendo este derecho al Concello.

La noticia dio para muchos dimes y diretes. Gobierno y oposición expresaron sus opiniones. El ejecutivo local se mostró en ese momento inicial cauteloso, solicitando informes para conocer con exactitud a qué afectaba el retracto y para hacer también una idea fiel de la situación económica del ayuntamiento, en aras a determinar si las arcas municipales podrían permitirse una adquisición. Los grupos de la oposición animaban al gobierno a apostar por sumar este bien al patrimonio público estradense, abogando incluso por no mirar las cosas "con miopía" e ir "a por toda la finca". Coincidían en subrayar que esta torre es "un símbolo" de la historia de A Estrada e incidían en identificarla con la que aparece en el escudo municipal.

Tras una ronda de sucesivas consultas, cada vez comenzó a verse más claro que el derecho de retracto únicamente afectaba a la torre, sin terreno alguno que la acompañase, una cuestión que, por otro lado, puede desprenderse a las claras de las sentencias del Supremo Desde el Concello comenzó a verse poco sentido a ejercer el retracto sobre la torre sin un acuerdo con los propietarios para en relación a los terrenos en los que se asienta y del conjunto del que forma parte tras la reconstrucción practicada en el siglo XVII.

Aunque en este asunto nunca parecieron darse pasos muy apresurados, lo cierto es que la situación económica mudó el escenario y no invitó a avanzar con mucha celeridad.

El actual gobierno de A Estrada reconoció en varias ocasiones la existencia de contactos con los actuales propietarios -herederos de quien adquirió este bien en 1999- e, incluso, en el algún momento parecía existir algún resquicio para sentar un acuerdo. Sin embargo, este solo pareció fructificar en el anuncio de un convenio entre Concello y propietarios para poner en valor el conjunto que preside la Torre de Guimarei. Se habló de diseñar un proyecto de aprovechamiento integral, por iniciativa pública o privada, para valorizar las casi 10 hectáreas de terreno en las que se asientan la torre y el pazo. Hasta llegó a haber consignación presupuestaria. Y nunca más se supo.

En pocos meses se cumplirán ocho años desde que el Supremo reconoció al Concello de A Estrada derecho a intentar recuperar este BIC para el patrimonio público. Lo único que ha cambiado en todos estos años es que este derecho de retracto ha caducado.