El Concello de Silleda publicó ayer en el BOP las bases que regulan el Programa de Axudas Municipais á Creación de Emprego. A estas subvenciones pueden acogerse los empresarios individuales, autónomos y pequeñas y medianas empresas que comiencen su actividad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año. Como requisitos, se establece que sean empresas de nueva creación o traspaso de negocios (siempre que no se transforme la forma jurídica) y que al menos una de las personas promotoras sea desempleada. Tampoco han de tenerse deudas con la Seguridad Social.

Las ayudas son a fondo perdido y pueden tener un tope de 3.000 euros, a los que se pueden añadir otros 300 en caso de que el promotor sea una mujer con familia monoparental y cargas familiares. De ese modo, se cubrirá el 50% de gastos como los de constitución y apertura, la existencia inicial de mercancías o las primas de seguros, así como los derechos de propiedad industrial.

La junta de gobierno local será el órgano que se encargue de conceder o denegar las subvenciones. El plazo para resolver será, como mucho, de tres meses desde la presentación de la solicitud en el registro general. Si pasados esos tres meses no se dictó resolución expresa, se entenderá que queda desestimada la petición de la ayuda. El promotor tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo. Además, el beneficiario ha de someterse a las actuaciones de control que ejecute la Comisión de Valoración, y cuyas comprobaciones se remitirán a Intervención Municipal.