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Conceden una pensión de viudedad a una vecina de Lalín víctima de malos tratos

La mujer no presentó denuncia por las agresiones, pero había acudido tanto al centro de salud como al Centro de Información ás Mulleres

El Juzgado de lo Social Número 1 de Pontevedra acaba de dictar una sentencia a favor de la concesión de una pensión de viudedad a una vecina de Lalín que fue víctima de malos tratos. La solicitud había sido tramitada en noviembre de 2014 por el representante legal de esta mujer, el graduado social Carlos Calvo,. y el juicio se celebró el pasado mes de enero.

La demandante había contraído matrimonio en junio de 1994, y éste quedó disuelto por divorcio en octubre de 2011. En ese fallo no aparecía pensión compensatoria, pero la norma contempla que sí tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aunque no tengan dicha pensión compensatoria, pudiesen acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la ruptura de la unión matrimonial.

Durante la fase de autos del proceso, la vecina aportó pruebas documentales que demuestran que padecía malos tratos. El juez maneja informes oficiales del Sergas y otros emitidos en mayo de 2014 por el centro de salud, en los que se hace constar que la demandante acudió en febrero de 2011 en varias ocasiones "por presentar problemas familiares debido a que su esposo era bebedor crónico y tenía un comportamiento agresivo con amenazas frecuentes", reza la sentencia. A pesar de todo, no quiso presentar denuncia contra él, pero sí tramitó la separación y tuvo que ser tratada por un cuadro de ansiedad. Para demostrar que padeció malos tratos, se dispone también de un informe de la directora del Centro de Información ás Mulleres, en el que se indica que esta vecina solicitó de dicho centro apoyo psicológico, siendo derivada por la trabajadora social del ambulatorio y por el médico de atención primaria.

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