El fiscal apoya que se exima a Montoto de la indemnización por el crimen de Dornelas

Mantiene, sin embargo, que se desestimen los recursos de los dos condenados por el doble asesinato

 
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La vista sobre los recursos tuvo lugar en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La vista sobre los recursos tuvo lugar en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.  Fran Martínez

SALOMÉ SOUTELO - SILLEDA El Ministerio Fiscal se adhirió ayer al recurso presentado por la defensa de Carlos Montoto en el que se pide que éste sea eximido de abonar 300.000 euros a los familiares de las dos víctimas del doble crimen de Dornelas, acaecido en mayo de 2005. La vista para la apelación de recursos se celebró ayer en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y durante la misma la Fiscalía apoyó la desestimación de los recursos presentados por los dos condenados por la muerte, a tiros en una pista forestal de Silleda, de Manuel González Silva y Santiago Mondragón. Juan José Bértolo y José Ramón Rey fueron condenados por la Audiencia a 36 años y 9 meses de cárcel, mientras que Montoto quedó en libertad al cumplir, con 10 meses de más, la pena de tres años de prisión por encubrimiento.
La defensa de éste, Carlos Collazo, manifestaba ayer que la adhesión del fiscal a su petición se basaba en que el Código Penal recoge que la responsabilidad civil de dicho delito –es decir, el pago de la indemnización– debe recaer en los autores y en los cómplices, pero no así en los encubridores. Sin embargo, desde las dos acusaciones particulares sí mantienen que Montoto abone, de forma solidaria y al igual que deben hacer los dos condenados, la cantidad mencionada. Al término de la vista, Collazo manifestaba su "satisfacción" y la confianza en que prospere el recurso. La sentencia podría conocerse en un plazo mínimo de 15 días.
En cuanto a los recursos de los dos condenados por el doble crimen, la Fiscalía insistió en su desestimación. La defensa de Bértolo, Javier Gamero, apeló la sentencia del pasado mes de marzo alegando que no existen pruebas incriminatorias suficientes para considerarle el autor material de los disparos, tal y como aparece en dicho fallo judicial. En el escrito de apelación también se menciona que se deberían admitir más interpretaciones que la de haber matado, a la vez que se hace hincapié en que en los cuatro años que duró la investigación, las fuerzas de seguridad apenas pudieron esclarecer lo ocurrido.
En idénticas argumentaciones se mueve la apelación de José Manuel Rey, que apunta también a defectos de forma en la investigación y al hecho de que durante el juicio oral las pruebas que se presentaron no eran suficientes para establecer la condena impuesta. Ya a lo largo de la investigación, el abogado Antonio Salceda insistió en que no se habían realizado pruebas como el análisis del arma homicida –una pistola FN de 9 milímetros–, para determinar quién realmente había realizado los disparos.
Tanto Juan José Bértolo como José Ramón Rey cumplen su condena en la prisión pontevedresa de A Lama, en la que fueron encarcelados ya de forma preventiva el 30 de mayo de 2005, cuatro días después de producirse el asesinato. En este tiempo, se produjo un cruce de acusaciones entre los entonces tres imputados, así como el envío de varias cartas a los medios de comunicación en las que los autores apuntaban que el móvil del asesinato podría ser una deuda por narcotráfico. La sentencia de la Audiencia se limita a indicar que existían "deudas por negocios non clarexados".

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