DANIEL FERNÁNDEZ - LALÍN
El Juzgado de lo Social número 2 de Pontevedra acaba de desestimar el recurso presentado por un alumno del Obradoiro de Emprego “Ecolalín IV” contra el Concello de Lalín por el que reclamaba una indemnización de acuerdo con el convenio colectivo del sector de la construcción. El motivo de esta demanda de cantidad radicaba en que sufrió un accidente durante el desarrollo de una obra realizada en el marco de este programa formativo.
Según se recoge en la sentencia, el demandante suscribió en diciembre de 2005 un contrato de trabajo para formación con el Concello de Lalín en el ámbito del taller de empleo, donde se le asignaron clases en el módulo de cantería. Posteriormente, durante la colocación de una barandilla sufrió un accidente que le provocó un aplastamiento de las vértebras y una incapacidad permanente total.
Ante estos hechos, el alumno presentó una demanda contra el ayuntamiento solicitando que se le aplicara el convenio colectivo del sector de la construcción, ya que ello le permitiría tener derecho al cobro de una indemnización que establece este acuerdo para los supuestos de este tipo de incapacidad.
El juzgado social pontevedrés recordó, en el texto de la sentencia, que los talleres de empleo son programas mixtos que combinan acciones de formación y de empleo para mejorar la ocupabilidad de los desempleados de más de 25 años con la finalidad de facilitar su posterior integración en el mercado de trabajo mediante la realización de obras y servicios de utilidad pública o interés social.
“El fin principal de estos talleres de empleo no es otro que la formación de los alumnos, formación que, al necesitar de desarrollo práctico, se instrumenta a través de la realización de obras de utilidad social, pero ello no quiere decir que el concello asuma la posición de un empresario de la construcción que opere como tal en este sector y que deba incardinarse en el ámbito territorial, funcional y personal del convenio colectivo de la construcción”, manifiesta el fallo judicial.
En concreto, la justicia aclara que el concello es una entidad promotora de un programa público de formación que no tiene por finalidad lucrarse de los alumnos sino enseñarlos y cualificarlos profesionalmente. Por todo ello, desestima la demanda del alumno y absuelve al concello de todas las pretensiones del recurso.
Nueva jueza
Por otra parte, el Consejo General del Poder Judicial ha nombrado a María Cecilia López Vázquez como nueva titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Lalín.