El presidente de la Diputación, Rafael Louzán, manifestó ayer su satisfacción por la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), según la que se falla a favor de un recurso de apelación presentado por ésta y por el Concello de Rodeiro y que obliga a la empresa Enerfín a abonar al municipio dezano la cantidad de 85.764,07 euros.

Esta cantidad corresponde al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por los aerogeneradores ubicados en Monte Cabeza y Farelo, que ahora explota la firma Galicia Vento, integrada en Enerfín S.A.-Grupo Elecnor. La cuantía ya fue abonada el pasado 20 de enero, mientras que el 27 de febrero la empresa ingresó 9.692,21 euros en concepto de intereses, mientras que el ORAL cobró 4.899,68 por costas judiciales.

Precisamente, la dirección de este organismo presentó con Rodeiro el recurso de apelación contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra dictada en 2005, ya que entendía que tanto los molinillos como la red de alta tensión que precisa el parque eólico para evacuar la energía “suponen una alteración sustancial del espacio y están sujetos a licencia urbanística”, tal y como parafrasea la sentencia. Por su parte, Galicia Vento recurrió esta decisión esgrimiendo que en esa época todavía no había asumido la gestión del complejo eólico, interponiendo así un recurso económico administrativo que fue desestimado tanto por el Juzgado Número 1 de Pontevedra en diciembre de 2008 como por la sentencia del TSXG.

Mejora financiera

Para el titular de la Diputación, la sentencia a favor de Rodeiro sentará precedente al poder beneficiar a los municipios que estén en circunstancias similares. Así, además de los 80 aerogeneradores que se contabilizan en tierras del concello rodeirense, se registran 187 en Lalín, 75 en Silleda, 37 en Vila de Cruces y 18 en Agolada. En este sentido, el ORAL está catalogando el número de molinillos de la provincia, que ascienden a 1.257 en 30 municipios. Con este volumen de energías renovables, Louzán reconoce los beneficios tanto de la sentencia del TSXG como del Tribunal Supremo, que obliga a incluir los parques eólicos como Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES), que así pasarán de un tipo impositivo del 0,4 al 1,5. En concreto, Louzán apuntó que “en tempos de reducción de ingresos nos concellos, a Deputación leva a cabo diversas iniciativas para que as entidades locais poidan manter o pago de nóminas ou o mantemento de servizos, e unha destas iniciativas tén que ver cos parques eólicos”, matizó el presidente de la entidad provincial.