Los concejales lalinenses Román Rodríguez y Antonio Rodríguez presentaron ayer una moción, que se debatirá en el pleno del día 27, en la que exigen al Ministerio de Fomento que reduzca a sólo 20 metros la distancia en la plataforma del Tren de Alta Velocidad (TAV) y las nuevas viviendas que se edifiquen en el rural, ya que con la actual exigencia de 50 metros prácticamente se cercena las posibilidades de construcción en muchos núcleos del rural lalinense.

Los ediles indicaron que esta solicitud es especialmente necesaria en 21 aldeas de las parroquias de Vilanova, A Xesta, Botos, Donsión, Bendoiro, Noceda y Anzo. En las mismas, se redujo el suelo de núcleo rural por las obras ferroviaria y por ello el concello trabaja en una modificación del Plan Xeral para otorgarles nuevas zonas de edificación. No obstante, en caso de que Fomento no reduzca el perímetro de seguridad las opciones de nuevas viviendas seguirán siendo nulas pese a los esfuerzos del concello.

Los ediles del gobierno local indicaron que la ley exige los 50 metros de distancia respecto a la arista exterior más próxima de la plataforma, pero recuerdan que reglamentariamente también se podrá dictaminar una separación inferior. Por ello, piden que se aplique la orden de 2005 que permite bajar la distancia hasta los 20 metros en zonas urbanas y justifican su solicitud por la singularidad de estas 21 aldeas lalinenses, que prácticamente pierden su suelo edificable con el paso del TAV.

"Facemos esta moción ante as demandas veciñais e porque 50 metros é unha cifra excesiva para a conformación de Galicia, xa que se impedirían novas construccións e moitísimas vivendas quedarían fóra de ordenación", señaló Román Rodríguez, edil de Urbanismo, que indicó que el Plan Xeral no establece límites de protección con las vías de comunicación, lo que permite esta posibilidad.

Más indemnizaciones

Por su parte, el edil de Servizos Rurais, Antonio Rodríguez, se centró en la segunda parte de esta moción, que consiste en demandar también a Fomento el pago de indemnizaciones por la pérdida del valor urbanístico de ciertos terrenos afectados por el TAV. En concreto, se trataría de aquéllos clasificados como suelo de núcleo rural, y por tanto edificables, que no fueron expropiados por las obras ferroviarias, pero que se encuentran situados en la mencionada franja de los 50 metros. Estas fincas no podrán materializar su aprovechamiento urbanístico al tener que cumplir con la normativa sectorial, por lo que sus propietarios han sufrido una perjuicio considerable al convertirse sus parcelas en inservibles a efectos constructivos. Por ello, Antonio Rodríguez cree que esas parcelas no deben expropiarse, pero si debe indemnizarse a sus dueños con la diferencia entre el valor de un solar edificable y uno que no lo será nunca. "O lóxico é pagar a diferenza económica polo desaproveitamento do solo", puntualizó Rodríguez.