Tampoco ayer hubo junta de gobierno en el Ayuntamiento de Cambados, y ya hace prácticamente dos meses que no se celebra ninguna. En Semana Santa hubo cambio en la secretaría municipal, pero al parecer todavía hay mucho que poner en orden en dicho departamento. Sin juntas de gobierno no pueden sacarse adelante ciertos asuntos -como el pago de las ayudas de material escolar, que seguirán al menos una semana más en la cola de asuntos pendientes-, mientras que otros se resuelven mediante resoluciones de la Alcaldía.

En lo que respecta a los plenos, el último ordinario fue de principios de marzo, aunque en realidad correspondía al de febrero. Se da la circunstancia de que la ley de funcionamiento de las administraciones locales establece que en los ayuntamientos con la población que tiene el de Cambados tendrá que celebrarse un pleno cada dos meses, pero que el cuatripartito aprobó hacer uno cada mes. Así las cosas, si tampoco se celebra el pleno ordinario de abril sin una justificación adecuada, la alcaldesa -que es quien tiene que convocarlos- no solo estaría vulnerando el reglamento interno aprobado con sus socios, sino también la ley del régimen local. Sí puede convocar un pleno extraordinario en abril, pero en ese tipo de sesiones no se pueden presentar ni ruegos ni preguntas.