El recurso presentado por Luis Rey en diciembre de 2015 ante el Jurado Provincial de Expropiación -el mismo que dio pie al contencioso judicial que ganaron los comuneros-, sirve para aclarar que en base al expediente del año 2008 se firmó el mutuo acuerdo del expediente expropiatorio sobre la cantidad ofrecida por la Administración, "aceptándose sin discusión por la ocupación temporal de suelo urbano la cantidad de 50 euros por metro cuadrado en 2009".

Sin embargo, para ampliar el plazo de ocupación temporal 43 meses más, en 2013 se ofreció a los comuneros una tasación "infinitamente menor y sin fundamento alguno": 2,35 euros por metro cuadrado para compensar la ocupación temporal y 319 euros más por once metros cuadrados impuestos como servidumbre.

Esto llevó a la comunidad de montes de San Miguel a recurrir al Jurado Provincial de Expropiación rechazando aquel precio ofertado por la Administración.

Lo que hicieron entonces los comuneros presididos por Luis Rey fue remitir su hoja de aprecio al tribunal para pedirle "idéntico precio al que la Administración había ofertado en 2009".

Aquello sucedía en mayo de 2014, y no fue hasta noviembre de 2015, "lo cual genera dudas sobre la caducidad de dicho trámite", cuando se pronunció el Jurado de Expropiación para "mantener el reducido precio que la Administración expropiante había ofertado en 2013".