El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha decidido ratificar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra y condena al Sergas a pagar a un trabajador del Hospital Comarcal do Salnés un total de 3.000 euros por el daño moral sufrido y a abonarle un total de doce días de salario correspondientes a la prórroga no concedida así como las cotizaciones a la Seguridad Social durante ese período.

El sindicato nacionalista CIG (Confederación Intersindical Galega) subraya que los hechos se remontan al 16 de enero de 2016 cuando el trabajador solicitó a la dirección de Recursos Humanos el permiso correspondiente por paternidad (la Ley concede 29 días naturales).

El trabajador fue contratado por "acumulación de tareas" desde el 17 de agosto de 2015 hasta el 31 de agosto de ese mismo año y después prorrogado el servicio laboral mes a mes hasta el 31 de enero de 2016, fecha en la que la dirección de la EOXI de Pontevedra-O Salnés dio por cancelada la citada prórroga, faltando al trabajador un total de 12 días para cumplir los 180 (12 de febrero de 2016),que es el período máximo en un año en esta modalidad de contrato. Consideran que se trató de una situación "muy injusta" a tenor de lo que explica la sentencia.

Entiende el sindicato nacionalista que para el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha quedado demostrado totalmente que hubo una "vulneración de los derechos fundamentales" de modo que la no renovación del contrato tenía como objetivo "evitar que el trabajador pudiera gozar del permiso de paternidad por el tiempo que le habría correspondido".

Otros privilegios

También quedó probado que el Sergas "contrató a 13 personas para los 12 días e incluso llegó a prorrogar durante seis días al trabajador que le denegó el permiso".

La resolución recoge asimismo que "hubo una cierta discriminación directa del trabajador con respecto al resto de los compañeros eventuales y con el personal fijo", y discriminación indirecta "por razones de sexo", pues en este caso es un hombre el que quiere ejercer su derecho a la baja por ser padre.

Para el sindicato CIG-Saúde esta sentencia pone al descubierto la "mala praxis" de la dirección de la EOXI de Pontevedra-O Salnés "en la gestión de los recursos humanos y en el abuso de prácticas lesivas para los intereses de los trabajadores como la denegación sistemática de permisos, cobertura de plazas estructurales con contratos en precario, judicialización de las relaciones laborales y sobre todo falta de diálogo por parte de la dirección con los profesionales y con los representantes de los trabajadores".

Entienden que es muy significativo que la gerencia acumule varias sentencias condenatorias, todas ellas "por vulnerar derechos fundamentales de los trabajadores". Consideran que hay unos responsables que "deberán tomar nota".