El canon establecido por Costas para las instalaciones de temporada, es decir, lo que debe percibir este organismo, es de 40 euros por metro cuadrado y año en el caso de quioscos o terrazas de playa, como también se fijan 40 euros, en este caso por unidad, para el alquiler de hidropedales, canoas, piraguas y similares.

Se rebaja ese canon a 30 euros anuales por cada tumbona, hamaca, silla o sombrilla, mientras que se establecen 20 euros por metro cuadrado para la ocupación con terrazas pertenecientes a establecimientos hosteleros fijos.