Cuando la Audiencia Provincial de Pontevedra emitió la primera sentencia sobre el crimen de Guillán, Santiago Gómez ya había cumplido la condena de cárcel dictada, que eran 11 días y 15 meses. Y es que pasó más tiempo en prisión preventiva a la espera de juicio. Por tanto el procesado no regresó al penal. Ahora la familia de Alfonso, la víctima, tiene la posibilidad de solicitar el reingreso en la cárcel del acusado mientras no se celebra la nueva vista oral, un extremo este que todavía no está decidido.

Hechos probados

Las sentencias dictadas hasta el momento consideran probado que los hermanos mantenían malas relaciones y que surgió una discusión entre ellos en el transcurso de la cual el acusado hizo uso de un spray de defensa personal que le causó irritación en la cara a Alfonso. Acto seguido, ambos hermanos se retiraron a sus respectivos domicilios. Alfonso se lavó la cara para salir de inmediato con una navaja. Y Santiago cogió una escopeta de la cual poseía la correspondiente licencia y guía, junto con varios cartuchos, y también salió de su vivienda. Entonces fue cuando Alfonso se dirigió al encuentro de Santiago, quien cargó la escopeta y "sin intención de causarle la muerte", le disparó en una pierna. Como consecuencia, Alfonso resultó fallecido.