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Agarra a su novia del cuello y le roba la tarjeta del teléfono para impedirle hablar con chicos

Un juzgado condena a un año y nueve meses de cárcel a un vecino de O Grove por malos tratos y coacciones - La sentencia entiende que tenía coartada la libertad de la víctima

Un año y nueve meses de prisión, así como una orden de alejamiento a más de un kilómetro de distancia de su expareja, es la condena que la sección cuarta de la Audiencia Provincial acaba de confirmar para un joven vecino de O Grove por sendos delitos de malos tratos y coacciones. A este grovense, con 26 años de edad, ya le constaban antecedentes por violencia en el ámbito familiar, cuando en 2014 tuvieron lugar los hechos ahora penados. Según se declara probado en la sentencia, el joven impedía a su pareja realizar una vida "normal", coartando su libertad y llegando a agredirla, cogiéndola del cuello y empujándola.

La relación sentimental entre ambos fue muy corta, duró a penas dos meses, entre febrero y abril del año 2014. La víctima se trasladó a vivir con el condenado a casa de la abuela de este, también en O Grove, y fue allí donde, según el fallo judicial, se produjeron los hechos delictivos. El joven "desplegó un comportamiento que impedía" a su entonces novia "realizar una vida normal". Cuando estaba en clase le enviaba continuos mensajes, le sacó la tarjeta del teléfono móvil y se la rompió y, acto seguido, le dijo los contactos que podía grabar en su nueva tarjeta, impidiéndole hablar con chicos.

El 2 de abril de 2014, estando ambos en el domicilio que compartían con la abuela, se inició una discusión entre la pareja y, en el transcurso de la misma, el varón agarró a la chica por el cuello empujándola contra la pared y luego la agarró por los brazos y la tiró en la cama. Esa mimo día, la víctima intentó huir de la vivienda por la ventana. Finalmente alertó a una allegada de lo que estaba sucediendo con un mensaje de teléfono. Siete días más tarde, un juzgado dictó una orden de protección a favor de la denunciante, prohibiendo a su ya exnovio acercársele a menos de un kilómetro de distancia o comunicarse con ella por cualquier medio.

En septiembre de 2015, el juzgado de lo penal número 4 de Pontevedra dictó sentencia condenatoria contra el agresor. Imponiéndole un apena de un año y nueve meses de prisión y la prohibición de acercarse a la víctima a en un radio de un kilómetro o comunicarse con ella durante cuatro años por un delito de coacciones con la circunstancia agravante de parentesco. Por otra parte, le impone 67 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia de armas durante dos años y seis meses, prohibición de aproximarse a la víctima durante dos años y comunicarse con ella en el mismo período por otro delito de malos tratos con el agravante, en este caso, de reincidencia. Porque este individuo ya había sido condenado en sentencia firme en mayo de 2010 por un juzgado de Arrecife, en Lanzarote, como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar. En aquel entonces le habían impuesto 16 meses de privación de tenencia de armas, 8 de aproximarse a la víctima y 40 días de trabajos comunitarios.

El fallo del juzgado de lo Penal de Pontevedra fue recurrido en apelación por el acusado, que alegó falta de pruebas más allá de la declaración de su expareja, al no haber parte médico porque la joven no acudió al médico el día de la agresión. Sin embargo, la Audiencia Provincial, da credibilidad al relato de la víctima al ser lógico, sin contradicciones, y al estar corroborado por datos periféricos como la declaración de terceras personas a las que la agredida pidió ayuda. A una amiga le envió un mensaje diciéndole que su novio le había intentado pegar, empujándola contra la pared, y la instaba a pedir ayuda. El testimonio de esta testigo pone de manifiesto, concluye la sentencia, "distintos hechos que afectaban a la libertad" de la denunciante

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