El Juzgado número 1 de Vilagarcía y la Audiencia Provincial han dado la razón a un matrimonio de Catoira que entendió como abusivas las cláusulas de su hipoteca y decidió recurrir a la plataforma Stop Desahucios Barbanza.

El banco reclamaba a este matrimonio de la localidad vikinga un total de 67.831,37 euros en concepto de principal y otros 20.300 euros por los intereses generados, tanto los ordinarios como los moratorios.

Pero como se establece en las sucesivas sentencias, las cuotas que se solicitaban eran excesivas ya que el matrimonio debía hacer unos pagos de casi 1.500 euros al mes.

De ahí que en las dos instancias judiciales se observase con lupa las condiciones de la hipoteca para llegar a la conclusión de ordenar el archivo y sobreseimiento de la ejecución hipotecaria.

En la plataforma antidesahucios se destaca que en las sentencias se subraya "el carácter abusivo de la claúsula de redondeos del tipo de interés aplicable, que fueron impuestos unilateralmente a los consumidores firmantes de la hipoteca, para beneficio exclusivo del propio banco".

Asismismo resaltan que tanto la juez vilagarciana como el tribunal pontevedrés decretan la "nulidad" del préstamo "por usurario", al considerar que el interés pactado "es notablemente superior al normal del dinero".

Pero aún es más, califican el préstamo como "predatorio" en el sentido de que el mismo, unido a otros de la misma entidad, "devengaba unas cuotas mensuales de 1.447,98 euros, mientras que las rentas de los ejecutados era de mil euros mensuales de media".

De ahí que en Stop Barbanza consideren que la entidad financiera otorgó el crédito "con el único fin de apropiarse de las rentas y el patrimonio del prestatario", tal como se recoge en las sentencias.

Importante es también la declaración de "nulidad abusiva" de la cláusula de "vencimiento anticipado" porque, explican, "facultaba a la entidad ejecutante a reclamar el importe total del crédito ante el impago de cualquier cuota".

Agregan que este hecho es el que ha motivado que se resuelva a favor de la oposición a la ejecución hipotecaria "ya que quedó probado que el préstamo fue cerrado y reclamado íntegramente por el banco por impagos de alrededor de 2.800 euros cuando, con posterioridad al cierre del préstamo, los afectados ingresaron 3.600 euros en el banco que éste no rebajó de la cantidad reclamada y computó en concepto de traspaso entre cuentas".

La plataforma agradece la decisión de la juez de Vilagarcía, Leonor Castro Verdes, de dar la orden inicial de archivo de la ejecución hipotecaria.