La vía judicial de aquella catástrofe ecológica se cerró seis años después de ocurrir, cuando el juzgado de lo penal número 1 de Pontevedra absolvió a los tres trabajadores de la planta de Brenntag al considerar que no se infringió ninguna de las normas de seguridad durante la maniobra de descarga de tolueno, que fue la que originó el incendio. Además, la Xunta alcanzó una decisión extrajudicial con la firma en lo que se refiere a las responsabilidades civiles. Ese pacto consistió en una indemnización de 5,5 millones de euros, en lugar de los 10 que se reclamaban, y el pago de un plan de trabajo de diagnosis y seguimiento del Umia.