El expediente sancionador contra José Luis Villanueva data del 29 de enero de 2014. Con anterioridad se incoó otro, mediante resolución de 15 de junio de 2012, pero su caducidad fue declarada de oficio en noviembre de 2013.

Tras la tramitación que consta en el expediente administrativo -el que finalmente acabó en el juzgado para dar lugar a una sanción de 9.000 euros- la Xunta dictó una resolución sancionadora de fecha 18 de noviembre de 2014 imponiendo a Villanueva la multa inicial de 14.000 euros, y lo hizo por considerarlo responsable de una infracción de la Lei de Pesca de Galicia consistente en "la alteración de las características o el incumplimiento de las condiciones establecidas en el correspondiente título administrativo que habilita para la explotación de establecimientos de cultivos marinos o auxiliares".