El alcalde de Vilagarcía se muestra partidario de "no mantener un sistema que no cumple la normativa", en referencia a la reciente sentencia que anuló la multa impuesta a un conductor que había pasado en rojo un semáforo de la calle Rosalía de Castro. El fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra apela a la "falta de garantías del sistema foro-rojo" al respecto de la identificación del vehículo, la comisión de la infracción y de que el piloto captado dispusiera de tiempo previo de reacción para detener el vehículo sin poner en riesgo la seguridad vial. El hecho de que el sistema, que opera en varios semáforos de la ciudad, no haya pasado el pertinente control metrológico fue determinante para que la magistrada anulase la sanción, obligando al Concello a devolver al afectado los 200 euros, gestionar la recuperación de los cuatro puntos del carné que había pedido y asumir 400 euros de costas judiciales.

Alberto Varela asegura desconocer la sentencia, si bien el lunes mantendrá una reunión con la jefa de la Policía Local para "saber el motivo por el que los foto-rojos no pasaron los controles y a quién corresponde realizarlos, si a la empresa que los instaló o al Concello". Una vez aclarada esta cuestión, el gobierno municipal tomará la decisión sobre si mantener o no un sistema "que no cumple las normas" y con el que Varela dice que "no se quiere sancionar por sancionar, sino garantizar la seguridad de los peatones" en zonas que la Policía Local considera "más conflictivas" en materia de tráfico. El fallo del juzgado pontevedrés sostiene que las quince fotografías que la Policía Local aportó como prueba de la infracción "no gozan de garantía suficiente" pues, entre otras cosas, se desconoce la duración de la fase ámbar del semáforo, lo cual impide saber si es suficiente par que el conductor se pueda detener en condiciones de seguridad. Y, además, ni siquiera es posible calificar de hecho debidamente comprobado que la reproducción digital de la matrícula que figura en las imágenes se corresponde realmente con la del vehículo. En este sentido, Alberto Varela comenta que la cámara de los semáforos no solo capta fotogramas, sino también "un pequeño vídeo en el que se ve con claridad al vehículo saltándose el semáforo en rojo", un tema que abordará también en la reunión con la jefa de la Policía, teniendo en cuenta que la sentencia habla de falta de pruebas.

Al regidor no le constan más fallos judiciales sobre las cámaras foto-rojo de Vilagarcía, aunque, vista la resolución de la magistrada, "me extraña que no haya más recursos" solicitando la retirada de multas. Aunque existe bastante divergencia de opiniones entre jueces, en municipios como San Sebastián, Ourense e incluso O Grove ya se han producido fallos similares declarando la ilegalidad de los foto-rojos que no hayan pasado control metrológico. Incluso el Tribunal Supremo se pronunció en este sentido en noviembre de 2015. Por eso el alcalde quiere aclarar cuanto antes la legalidad del sistema vilagarciano ante un posible aluvión de demandas por parte de conductores sancionados.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso pontevedrés sostiene que el foto-rojo debería estar sujeto a algún tipo de control metrológico, en tanto que dentro del sistema opera un aparato medidor como es el radar o detector de velocidad que tiene aparejado el semáforo y que este se utiliza para formular denuncias de tráfico. Así, "debería existir algún tipo de comprobación oficial" del sistema "previa a su instalación o posterior a sus revisiones periódicas, y no ser solo comprobado in situ por un agente de la autoridad que se limita a revisar los resultados del uso de este aparato en una determinada zona". Califica de "cuanto menos curioso" que en otros radares esté claramente fijado el margen de error en unos arcos determinados y, en el caso de los foto rojos, el aparato medidor o detector de velocidad tenga "un único margen de error de 0,1 kilómetros por hora". l fallo declara no conforme a derecho la resolución de Alcaldía que desestimaba el recurso del demandante, defendido por la letrada María Rodríguez Cruz, y anula la sanción de 200 euros que le había impuesto, obligando al Concello a devolverle el dinero con intereses en el caso de que ya hubiera pagado.