Una conductora, a la que la Policía Local sancionó con 200 euros por "estacionar obstaculizando la circulación" en la zona TIR, denuncia la presunta irregularidad de esta multa, alegando que el cuerpo de seguridad municipal no tendría esa competencia en terrenos propiedad de la Autoridad Portuaria.

Yolanda Camiño es la automovilista que, al anochecer del día 27 de septiembre de 2015 aparcó su coche en el recinto de la TIR. A la mañana siguiente se encontró con una multa por "estacionar el vehículo obstaculizando la circulación o creando peligro para otros usuarios".

Cuestiona ya de entrada el motivo de la multa, ya que "si el coche generase peligro para el tráfico se lo llevaría la grúa". Pero, más allá de eso, duda de que los agentes de la Policía Municipal puedan imponer sanciones en terrenos que son propiedad de otro organismo, en este caso del Puerto, entendiendo que quien tendría potestad para multar sería la Policía Portuaria.

Se basa en el Real Decreto 6/2015 sobre Tráfico y Seguridad Vial que, en su artículo 7, alude a las competencias de los Ayuntamientos. Estas son "la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina, por medio de agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra administración". Al ser la zona TIR titularidad de la Autoridad Portuaria, Yolanda Camiño interpreta que este artículo es de aplicación en su caso. Así, añade, "Puerto y Concello tendrían que haber firmado un convenio y estar este publicado en el BOE para que la Policía Local pudiera sancionar" en el estacionamiento de la TIR.

Respuesta policial

Aún así, sus alegaciones no fueron tenidas en cuenta por la Policía Local, que respondió a su recurso que la Ley de Tráfico es aplicable "en todo el territorio nacional y obliga a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios".

La conductora sancionada ha enviado escritos tanto al Ayuntamiento como al Puerto solicitando una copia del convenio que autorice a los agentes municipales sancionar en terrenos de dominio público portuarios, sin embargo "no me han contestado. Me siento indefensa. Se niegan a entregarme el convenio porque no lo hay", asevera.

Tampoco le permiten, según dice, visionar la fotografía original tomada por los agentes en el momento de multarla, ya que la copia que acompaña a la sanción no permite determinar si el vehículo está o no mal aparcado. Exige, asimismo, datos sobre la homologación de la cámara con la que se tomó la imagen ya que "si la hicieron con un móvil estarían vulnerando la Ley de Protección de Datos".

La vía del contencioso

Por el momento, ni sus recursos ni escritos presentados ante las dos administraciones afectadas han surtido efecto. Sin embargo, la Policía Local sí le hizo llegar a mediados de abril el segundo requerimiento para que proceda a ingresar los 200 euros de la multa, advirtiéndole de que, si no paga en quince días, "se procederá a su cobro por la vía de apremio con un recargo del 20%" del importe de la sanción "y los correspondientes intereses de demora". Yolanda Camiño todavía puede presentar un recurso contencioso-administrativo en los juzgados o un recurso de reposición ante el alcalde.