El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dictó sentencia obligando al Concello a modificar el trazado del Camiño do Norte, y en noviembre el Juzgado de lo Contencioso Administrativo dio al propio Ayuntamiento un plazo de veinte días para hacer alegaciones a la solicitud de ejecución forzosa. Pero la Administración local -que aparece como demandada en este proceso junto a la comunidad de montes de San Vicente- no presentó ninguna, de ahí que el mismo juzgado decidiera decretar la caducidad de su derecho a alegar.

A finales de febrero esa sala advirtió al alcalde meco de que podía multarlo si no se ajustaba al fallo emitido. Se requería así al primer edil "a título personal" para que en el plazo de cinco días informara al juzgado acerca del grado de cumplimiento de la sentencia. Y además se le daba un plazo máximo, hasta el 22 de abril, para que la ejecute en los términos establecidos en el fallo.

Multas coercitivas

Si Cacabelos incumplía el requerimiento y no informaba del estado de ejecución de la sentencia se le podría imponer una primera multa coercitiva "personal" de 600 euros, mientras que si incumple el fallo emitido se enfrenta a una multa coercitiva, y también "personal", de 1.500 euros.

Ante esto, la maquinaria pesada empezó a reabrir el Camiño do Norte, y el 1 de marzo el Concello dictó un oficio dando unas explicaciones al juez en las que, según alegan los demandantes, el ejecutivo local reconoce que no reabrió la totalidad del vial, supuestamente "porque la zona está cerrada por un vecino".

En ese oficio el Concello ni siquiera explicaría por qué no se repusieron los cierres en las fincas de Óscar Miniño, Alfredo Penedo y José Des, lo cual los lleva a sostener que "no existe la más mínima intención de cumplir la sentencia".