El Juzgado 1 de Cambados acaba de dictar la que podría ser la primera sentencia de este partido judicial en contra de Novacaixagalicia (NCG) por la venta de obligaciones subordinadas. La resolución judicial se notificó ayer y la abogada que asistió a los demandantes, Vanessa Vidal, explica que la juez ha apreciado vicio en el consentimiento del ahorrador, que no sabía que parte de su dinero se había destinado a subordinadas. Por ello, declara nulo el contrato y condena a NCG a pagar también las costas del proceso judicial.

La letrada explica que su cliente, una cambadesa de más de 70 años, y su marido, también de avanzada edad, contrataron en 2010 un depósito a plazo fijo con lo que hoy es Novacaixagalicia. "La mayor parte del dinero se lo ingresaron en un plazo fijo, en efecto, pero le colocaron otros 5.400 euros en obligaciones subordinadas sin ellos saberlo", señala Vanessa Vidal.

Posteriormente, en noviembre del año pasado falleció el hombre, y en diciembre el banco avisó a la mujer de que acudiese a la oficina, pues querían decirle algo. Fue ahí cuando le confesaron que habían destinado parte del dinero de su plazo fijo a obligaciones subordinadas. "Se trata de una ahorradora de perfil conservador que no ha invertido en su vida", añade Vanessa Vidal.

Las subordinadas son un producto financiero complejo, aunque por el momento no hay muchas sentencias sobre ellas pues hubo muchas más denuncias por participaciones preferentes. Hace dos meses se dictó una en Ourense, y más recientemente un juzgado de Vigo condenó a NGC a devolver 240.000 euros al cliente de la abogada grovense Diana Otero. En el caso de Cambados, el juzgado 1 dictó hace un año una de las primeras sentencias por preferentes de España, que ganó precisamente la abogada Vanessa Vidal.