Los administradores concursales, en su impugnación al recurso del Igape exponen que "al día de la fecha están ocultos para esta administración concursal y para todos los interesados y afectados por el concurso, los objetivos y fines del recurrente, en lo que respecta a los activos del concursado, lo único cierto es que se ha alumbrado una pérdida de, aproximadamente, 30 millones de euros a la masa del concurso, en cuanto unos activos valorados en 30.503.000 euros han sido adjudicados en 800.000 euros, y se ignora la pérdida que se revelará con la enajenación aislada de las fincas de Ribadumia, Vilaxoán y las marcas que figuran en la masa activa".

El problema radica en que se constituyeron las garantías hipotecarias sobre fincas urbanas aisladas y no sobre todos los terrenos en los que se proyectaban las explotaciones fabriles de Alfageme en Ribadumia y en Vilaxoán. De igual modo se grava solo una marca comercial del deudor en lugar de hacerlo sobre todas las similares.

Esto complicó el proceso de liquidación de los bienes porque la venta aislada de cada activo resulta ruinosa porque las fincas por sí solas no tienen valor. Por ejemplo, en Ribadumia, el Igape adquirió la fábrica, pero no la finca colindante donde está el depósito de esta planta. Tampoco aparecía en el inventario de los bienes gravados la maquinaria ni las otras marcas similares. De hecho el Igape es propietario de una de las marcas Miau, pero no de la principal.