Con motivo de la elaboración del informe "El furtivismo marino y su incidencia en la Comunidad Autónoma de Galicia", encargado por la Fiscalía General, el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil elaboró un detallado estudio de las zonas marisqueras y constató la existencia de diferentes tipos o especialidades en esta acción.

En él se determina que el furtivismo puede ser doméstico, vacacional, marginal, recreativo, profesional o legal, y todo va a depender de la época del año o del lugar en que actúe.

- Furtivo legal

Quizás resulte especialmente preocupante la acción del llamado furtivo legal. Se considera así a todo aquel que, gracias a que dispone de permiso de explotación marisquera y goza de todos los requisitos que benefician a cualquier mariscador o pescador profesional, se dedica a capturar ejemplares de talla inferior a la permitida o que están en veda.

El furtivo legal es, también, el que habitualmente supera los topes establecidos y, en general, todo aquel que se aprovecha de su condición para colocar en el mercado unas capturas ilegalmente obtenidas que, a la postre, perjudican a cuantos sí actúan dentro de la legalidad.

En su informe, el Seprona hace mención expresa a la centolla que se captura en la ría de Arousa cuando todavía está en veda. La máxima responsabilidad recae, por tanto, en la propia flota, "dándose la existencia de algunos pescadores que no dudan en aprovechar su actividad diaria par recoger centolla que o bien venden directamente al regresar a puerto o guardan en jaulas (y salabardos) a la espera de que finalice su veda".

Los agentes lo definen como "un furtivismo silencioso, que pasa más desapercibido, pero no por ello carece de importancia, ya que poco a poco, y dada la continuidad de su práctica, se llega a unos niveles altos de fraude".

Pero furtivo legal también es, insiste el Seprona, el mariscador con permiso para trabajar que "supera los topes máximos de captura, recoge el producto en zonas prohibidas o lo obtiene fuera de los horarios y fechas autorizados". Es ilícito, como lo es vender esos mariscos sin pasar por lonja.

- Furtivo doméstico

La Guardia Civil agrupa en la definición de furtivo doméstico a "personas que residen en los municipios costeros, generalmente personas mayores y marineros jubilados que por uso y costumbre recolectan ejemplares para consumo propio".

Es una práctica frecuente en las rías que tendría difícil encaje en la hipotética tipificación del furtivismo como delito, de ahí que cuando se habla de este cambio legislativo se plantee establecer el régimen de sanciones e imputación penal para casos que puedan resultar más "graves".

Incluso, el instituto armado apunta que furtivo doméstico "parece estar socialmente aceptado, al ser oriundos de la zona y no generar alarma social".

- Furtivo vacacional

Como furtivo vacacional se conoce a cuantos durante sus periodos de descanso, sobre todo en verano, acuden a las zonas costeras y/o de baño para "recolectar ejemplares de fácil acceso" –especialmente almejas, berberecho y navajas– y realizan una extracción "generalmente destinada a consumo propio".

En este caso "su aceptación social varía de unos lugares a otros, en función del perjuicio que esa actividad puntual pueda causar a otros usuarios", explica la Guardia Civil.

- Furtivo marginal

El Seprona habla, también, del "furtivo con carencias de integración social y necesidades económicas". Y lo hace para referirse a "personas que por sus circunstancias personales se encuentran en alguna situación de falta de integración social, por presentar psicopatologías adictivas y comportamientos y conductas de desarraigo tales como toxicomanías, alcoholismo, desempleo crónico por falta de adaptación y similares".

Apostillan las fuerzas de seguridad que "la tolerancia a este tipo de furtivismo es bastante amplia en términos generales, aunque representa, al igual que el resto de conductas, una parte del problema".

- Furtivo recreativo

El apartado del furtivo recreativo se reserva a "personas que amparadas por sus licencias de pesca recreativa capturan especies para las que no están autorizadas o no respetan los topes de captura y las introducen, a posteriori, en el mercado alimenticio, mediante la venta directa a restaurantes o particulares". En algunos casos esta actividad es llevada a cabo como complemento económico a otras ocupaciones profesionales".