La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de anular las cuatro licencias concedidas hace media década por el Concello de Ribadumia a los promotores de dos urbanizaciones de viviendas que empezaron a construirse en el ayuntamiento.

Se trata de la conocida como "Residencial Ribadumia", que se encuentra en el lugar de Rabuñade –en la carretera general que une Ribadumia con Barrantes–, y "As Mimosas", que está a las afueras de esta última localidad, en la carretera de Barrantes a Cobas (Meaño).

En la época del bipartito, la Xunta de Galicia paralizó ambas obras, al considerar que el Concello de Ribadumia había concedido las licencias de modo irregular. La Consellería de Política Territorial, que entonces dirigía la socialista María José Caride, frenó los trabajos alegando que la Lei do Solo vigente en aquel momento impedía la construcción en los núcleos rurales de más de tres chalés adosados juntos.

En el caso de "Residencial Ribadumia" la urbanización se compone de aproximadamente unas 40 viviendas, distribuidas en tres bloques de adosados. "As Mimosas", por su parte, no llegó a levantarse pero todavía permanece en la entrada a la finca el cartelón de la obra, en el que figura una ilustración de lo que presumiblemente sería el bloque, y que estaría compuesto de dos filas de chalés.

El Concello de Ribadumia defendió en todo momento la legalidad de ambas actuaciones, y arguyó que los técnicos municipales habían realizado informes positivos en este sentido. Sin embargo, los magistrados de lo Contencioso-Administrativo del TSXG dan la razón a la Xunta de Galicia –que siguió con el pleito tras la llegada al poder en Santiago del Partido Popular–, y anulan las licencias.

Las partes conocen la sentencia desde hace apenas 72 horas. En el caso de la ganadora, la Xunta, ha remitido el fallo a sus servicios jurídicos, para que determinen su alcance y cómo ejecutar ahora el mandato judicial. Lo que han querido dejar claro desde la actual responsable de Urbanismo en Galicia, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, es que la sentencia no obliga a la demolición de las construcciones, ni total ni parcial. "Lo que indica la sentencia es que las licencias del Concello de Ribadumia fueron mal dadas", explicó ayer un portavoz autorizado de la Consellería que dirige Agustín Hernández.

Además, se produce la circunstancia de que las licencias son anuladas porque el TSXG juzgó el pleito basándose en la Lei do Solo que estaba vigente en el momento en que el ayuntamiento otorgó los permisos. No obstante, esta norma ha cambiado y el actual texto que regula la construcción en Galicia establece que la limitación de un máximo de tres chalés adosados solo se aplica a los considerados como núcleos rurales tradicionales. El objetivo de esta medida es que no se "desvirtúe" la tipología de construcciones y paisaje de determinadas aldeas con especial interés etnográfico o arquitectónico. De este modo, si los núcleos de Rabuñade y Barrantes no tienen la consideración de "tradicionales", las licencias supuestamente "mal concedidas" con la anterior Lei do Solo, se ajustarían a la legalidad con la actual.

No obstante, la Xunta declina realizar ninguna valoración, ni avanza qué puede pasar con las viviendas mientras sus asesores jurídicos no emitan el correspondiente informe. En el caso del "Residencial Ribadumia" ya están terminados dos de los tres bloques, así como los espacios comunes, en los que hay amplios jardines y un parque infantil. En la tercera fila, tan solo está construida la estructura de los chalés. En "As Mimosas" lo único que hay por ahora es la cimentación y unos pilares desnudos.