En la sentencia se pone de manifiesto que la Xunta no discutió durante la celebración del juicio que en el procedimiento de elaboración del Reglamento de la DOP Mexillón de Galicia"no se dio audiencia" a Anfaco y, antes bien,"admite que su intervención no se produjo en la forma establecida". Asimismo en la vista quedó claro que los conserveros tuvieron "conocimiento directo del proyecto de Reglamento al habérselo remitido por correo electrónico el presidente del Consello Regulador (en aquel entonces, Ramón Dios), y formuló alegaciones frente al mismo que,en parte, fueron atendidas por dicho Consejo al redactar el proyecto definitivo". Se considera probado que "hubo varios contactos en los que la recurrente pudo abordar esta cuestión (...);a la actora no se le privó de participar en su elaboración, aunque su intervención no se produjera en la forma establecida". La principal diferencia que marcaba Anfaco era la propuesta del Consello Regulador do Mexillón que pretendía que"cada empresa conservera comercialice con marcas distintas el mejillón de Galicia amparado por la DOP y el mejillón de fuera de Galicia,en caso de procesar ambos". Luego el Reglamento fue muy estricto al respecto y exigía el uso de envases con etiquetas en las que se expresase la procedencia del mejillón y también obligaba a las conserveras a estar sometidos a los criterios del Consello Regulador. En la resolución se hace hincapié en que Anfaco, asociación constituida en 1977, "asume la representación de los intereses de la práctica totalidad del sector conservero gallego,al aglutinar a 48 de las 66 empresas que existen en la Comunidad". A mayor abundamiento, según el Anuario de Pesca,"durante 2007 se extrajeron 208.186.792 kilos de mejillón cultivado en Galicia,de los cuales 106.865.936 fueron destinados a fresco y 103.320.856 a la industria".