El Complejo Turístico Raeiros nació como apartotel de 52 chalés o apartamentos de lujo. Se sitúan muy cerca de la playa del mismo nombre, en un lugar de O Grove llamado Balea donde el turismo es la principal fuente de ingresos y las segundas y terceras residencias copan buena parte de la fachada litoral.

Esta urbanización de lujo se enfrenta a una orden de demolición dictada por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU), dependiente de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. El ex director de dicha agencia firmó la resolución el 2 de marzo -nueve días antes de abandonar el cargo-. El documento llegó al Concello el lunes y se hizo público el martes.

Desde entonces no han dejado de surgir noticias, comentarios y acusaciones en relación con este asunto. ¿Y por qué tanto revuelo mediático? Quizás porque el precio medio de cada apartamento fue de más de medio millón de euros, porque el lujo queda patente en cada unidad de obra y porque entre los propietarios, de alto poder adquisitivo, hay constructores, políticos y puede que jueces.

Para tratar de resumir lo sucedido, aunque de manera sucinta, hay que precisar que a la urbanización Raeiros no se le imputa ilegalidad alguna relacionada con una posible carencia de licencia, con la invasión de la línea de costa ni con cualquier otro aspecto que haga pensar en urbanizaciones o edificios que, a veces, se construyen casi encima del mar o en zona protegida.

El “caso Raeiros” se refiere al uso dado a la licencia, que concedió la Xunta en 1992. Fue un permiso para apartotel, es decir, para una especie de comunidad formada por 52 chalés cuyos propietarios pasarían a ser una especie de inquilinos o huéspedes, participando directamente en la sociedad constituida para facilitar la gestión del complejo.

Lo que ocurre, y aquí surgen los problemas, es que se interpreta -la Xunta del bipartito lo denunció en 2007- que se hizo una división horizontal, es decir, que la parcela original, la finca en la que se construyó la urbanización, habría sido segregada en 52 porciones para construir los chalés, que así ya no formarían parte de un apartotel, sino que serían independientes, aislados y desvinculados de cualquier tipo de elemento hotelero y turístico. Y eso, realizar una división horizontal para una parcelación urbanística de la finca matriz, está prohibido en el suelo rústico que ocupa.

Eso es lo que denuncian los detractores de la urbanización, de ahí que tanto la Xunta como diferentes instancias judiciales, hasta llegar al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), demandaran en varias ocasiones a Inproin Galicia S.L., la firma promotora, que devolviera la finca a su estado administrativo original, es decir, que el complejo volviera a formar parte de “un todo”... que la parcela vuelva a ser una. Ante los requerimientos realizados, y dado que no se atendieron, porque Inproin mantiene que de ningún modo existe división horizontal, la APLU decidió ordenar la demolición, no los tribunales de justicia.

La última sentencia, dictada por el TSXG el 14 de enero, pide que se recupere el estado registral original de la parcela. Fue recurrida por los promotores, como recurrieron la orden de la APLU, lo cual significa que el trámite que desde esa agencia ordena la demolición va para largo y, en cualquier caso, van a ser los tribunales -el próximo en pronunciarse debe ser el Supremo- los que digan si existió parcelación y los que, a la postre, determinen si es preciso derribar los chalés o no.

Al margen de este tedioso procedimiento jurídico y/o administrativo, con planteamientos que se mantienen inalterables desde hace más de una década, el “caso Raeiros” da pie a la batalla política, especialmente intensa en O Grove.

Los grupos que ahora gobiernan, particularmente PSOE y BNG, arremeten contra el PP de Miguel Pérez, pues entienden que el conservador, como alcalde de O Grove entre 1999 y 2007, tenía que haber decretado el expediente de caducidad de la licencia antes de que comenzaran las obras, pues si bien fue concedida en 1992 no se actuó sobre la propiedad hasta 2004.

Los progresistas dicen que el popular pudo haber incurrido en una negligencia, y Pérez recuerda que el suelo rústico es competencia de la Xunta y que fue esa Administración la que dio el permiso para el apartotel.

El PP, que cuando gobernaba escuchó como el BNG le pedía por activa y por pasiva que “boicoteara” la construcción del complejo turístico, por ejemplo cortando los suministros de luz y agua, se pregunta ahora por qué eso que le pedían a él no lo llevaron a la práctica los nacionalistas desde que en 2007 accedieron al poder en un gobierno cuatripartito, actualmente tripartito. Y el hecho de no haber actuado lleva a Pérez a interpretar que lo único que busca el tripartito es “esconder la difícil situación en que se encuentra e intenta que nos olvidemos de que el alcalde -el socialista José Cacabelos- está imputado por tres delitos en relación con la construcción del edificio administrativo”. En síntesis, que hablar de Raeiros “sirve al tripartito para desviar la atención y arrojar una cortina de humo sobre las irregularidades que pudo cometer el alcalde cuando contrató la redacción del proyecto del edificio al estudio de arquitectura en el que trabaja su hermano”.

Al margen de todo lo dicho, a continuación pueden citarse otras claves del “caso Raeiros”:

Conjunto turístico.- En su defensa, Inproin se aferra a la Ley 9/1997 de Ordenación y Promoción del Turismo en Galicia, “que permite que los apartamentos turísticos pertenezcan a varios propietarios o comunidades de propietarios”. El 26 de agosto de 2004 la promotora entregó escritura de división material del inmueble “para Conjunto Turístico de Hostelería para Apartotel, integrado por 52 apartamentos adosados y zonas comunes con destino a salón, almacén, cafetería, recepción, piscinas y demás”.

La sociedad.- El 23 de febrero de 2007 Inproin S.L. y demás copropietarios constituyeron la sociedad Complejo Turístico Raeiros, que el 16 de abril de 2007 solicitaba a la Xunta autorización de apertura del complejo en régimen de hotel-apartamento.

El expediente.- El expediente iniciado en 2006 por la Xunta se resuelve el 30 de abril de 2007 y concluye que con la división material se produce una parcelación urbanística, por lo que ordena restituir la parcela matriz a su estado registral original. El mismo expediente reconoce que las obras cuentan con autorización autonómica y licencia municipal, que se ajustan al proyecto y que están fuera de la zona de servidumbre de protección marítimo-terrestre.

Cronología.- El 10 de abril de 1992 la Xunta autoriza a Raeiros S.L. la construcción de la instalación turística en suelo no urbanizable. El 27 de octubre la Comisión Municipal de Gobierno informa favorablemente la licencia para apartotel y el 11 de junio de 1993 le otorga licencia de obra mayor. El 10 de febrero 1994 el ejecutivo local da cuenta del proyecto de ejecución y el 9 de junio de 2000 Raeiros S.L. vende el terreno, derechos, licencias y demás a Samar-52 Hoteles, que el 23 julio de 2004 los vende a Inproin Galicia. El 6 de agosto de 2004 la Junta de Gobierno accede al cambio de titularidad de la licencia.