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Cuando la mujer accedió al Jurado por primera vez

El 12 de mayo de 1932 resultó un día especial en el largo camino andado por las pontevedresas para igualarse con los pontevedreses en el reconocimiento y ejercicio de sus derechos fundamentales. Un pequeño hito, sin duda, en el feminismo local.

Cuatro mujeres entraron aquella mañana en la Audiencia Provincial para integrar por primera vez un jurado mixto junto a otros cuatro hombres y, en pie de igualdad, enjuiciar un caso de homicidio pasional frustrado. Tal suceso estaría encuadrado hoy en la violencia de género, una lacra que no cesa.

La II República española estableció desde su proclamación la intervención de la mujer en el jurado, aunque solo de forma parcial. La participación femenina en la administración de Justicia se limitó única y exclusivamente a los supuestos delitos de parricidio, asesinato, homicidio o cualquier otra lesión fruto de una acción pasional (amor, celos, infidelidad, etc.)

Tras la entrada en vigor del correspondiente decreto, el primer caso de tales características en esta provincia sucedió en la parroquia de Portela, municipio de Cuntis, sobre las once de la noche del sábado 7 de febrero de 1931, solo tres semanas después de la caída de la Monarquía de Alfonso XIII.

Inicialmente la Audiencia de Pontevedra señaló el juicio para el 10 de marzo del año siguiente, pero sufrió un aplazamiento de última hora, y finalmente se celebró dos meses más tarde, hace 85 años ahora.

El relato acusador que el Ministerio Fiscal desarrolló aquella mañana del 12 de mayo ante el primer jurado mixto plasmó en buena medida la instrucción realizada por el Juzgado de Caldas de Reis. Más o menos los hechos se produjeron, según el relato acusador, del modo siguiente:

Ante la puerta de su casa en la parroquia de Portela (Cuntis), la joven Dolores Blanco Suárez se despedía de su novio Manuel Coto Neira, después de acudir juntos a una verbena cercana. Inopinadamente apareció otro joven, Ramón Suárez Coto, y sin mediar palabra alguna realizó varios disparos contra la chica con un arma corta de pequeño calibre. Luego el agresor golpeó con un palo al novio cuando trató de proteger a la chica e intentó dispararle también, pero erró el tiro por el forcejeo mantenido. A continuación, Ramón huyó enseguida del lugar dejando a Dolores malherida en brazos de Manuel.

A la mañana siguiente, el doctor Enrique Marescot realizó en el Gran Hospital una delicada operación a Dolores Blanco. Un total de cuatro orificios de bala contabilizó en el cuerpo de la paciente. La perforación más grave afectó a su vientre y le provocó una fuerte hemorragia.

El eminente cirujano hizo honor a su bien ganada fama y salvó la vida de la joven, pero tardó 50 días en reponerse y obtener la alta médica.

Por su parte, Manuel Couto recibió igualmente asistencia médica por las heridas sufridas y estuvo 14 días de baja, según certificó el médico forense.

La investigación judicial determinó que la agresión de Ramón se produjo como consecuencia de la indiferencia y el rechazo de Dolores a sus pretensiones amorosas. Ningún otro motivo.

A la vista de tales hechos, el Ministerio Fiscal atribuyó a Ramón Suárez Blanco la comisión de tres delitos y solicitó la penas siguientes: ocho años y un día de prisión mayor por un delito de homicidio en grado de tentativa; un año, ocho meses y veintiún días de prisión correccional por tenencia ilícita de armas; y 75 pesetas de multa por un delito de lesiones.

Para la participación femenina en el primer jurado mixto de aquella vista oral, la Dirección General del Instituto Geográfico Catastral y de Estadística nominó por sorteo un total de doce vecinas del partido judicial de Caldas de Reis: María Valiño Valiño, Consuelo Villabrille, Carmen Verdura Sueiro y Mercedes Baños Eiras, de Cuntis (4). Dolores Vila Dios, Obdulia Vila Buceta y Francisca Villar, de Portas (3). Ramona Villadeamigo Espín y Francisca Vázquez Ortigueira, de Caldas (2). Isolina Vidal Fraga y Jesusa Vázquez, de Moraña (2). Y Carmen Vicente, de Valga (1).

Ninguna crónica sobre el histórico juicio en la Audiencia Provincial recogió posteriormente la identidad exacta de las cuatro mujeres elegidas que integraron aquel jurado mixto con otros cuatro hombres. Su conocimiento para la historia resulta hoy tarea imposible, porque la documentación se perdió con el paso del tiempo entre tantos y tantos miles de casos juzgados.

En cambio, las reseñas periodísticas resaltaron de forma especial la brillante defensa que tuvo a su favor Ramón Suárez Coto, tanto por parte del prestigioso abogado Isidoro Millán Mariño, como del procurador Francisco Rodríguez Arruñada, quien también disfrutó de su momento de gloria durante la vista oral.

A tenor del veredicto, la presencia de la mujer no desequilibró el fallo del jurado en favor de la causa feminista, sino todo lo contrario, pese a tratarse de un caso bastante claro de violencia de género en la clásica versión de "mía o de nadie más".

Muy convincente tuvo que resultar la argumentación expuesta y, sobre todo, muy brillante debió ser la oratoria exhibida por Isidoro Millán en favor de la absolución de su defendido, puesto que se salió con la suya y consiguió salvar a su cliente. La enajenación transitoria como consecuencia de unos celos incontenibles y el pequeño calibre de la pistola utilizada, más propia para dar un escarmiento que para hacer daño, resultaron dos potentes bazas que el experimentado letrado manejó con su reconocida maestría.

Aquel primer jurado mixto de un caso de intento de homicidio por un amor no correspondido se pronunció en favor del reo. Un veredicto tan incomprensible como cierto.

La Audiencia de Pontevedra solamente impuso al procesado una multa de 250 pesetas como autor de un delito de lesiones por imprudencia y otra multa de 75 pesetas por tenencia de armas. Su actuación le salió muy barata

La única compensación recibida por Dolores Blanco Súarez fue una indemnización de mil pesetas, cantidad sin duda importante en aquel tiempo, pero cuyo pago final quizá se diluyó entre los vericuetos judiciales.

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