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El proyecto consensuado de Emilio Quiroga

Emilio Quiroga Losada no solo reemplazó a Emilio Salgado Urtiaga como arquitecto municipal, sino que aclaró bastante que era lo que había pasado con la calle del Chanchullo para derivar en tal denominación popular. La elaboración de otro proyecto de trazado alternativo en marzo de 1937 solventó de forma salomónica tan endiablado pleito.

La clave del consenso entre todos los propietarios de los terrenos no estuvo tanto en otra variación de su alineamiento, como en la reducción del ancho de la nueva calle en dos metros.

Quiroga Losada propuso rebajar de 20 a 18 metros su amplitud y establecer un nuevo trazado, que a la postre resultó definitivo, partiendo de su lado izquierdo en dirección desde Michelena hasta Riestra, y no desde el lado derecho como se hizo inicialmente.

El punto de arranque se fijó en una casa de Juan Manuel Saez Món, mientras que su desembocadura se estableció a 1,35 metros del cruce entre Riestra y Jardines de Vincenti. El otro lado discurrió de forma paralela a 18 metros de distancia del referido trazado lineal.

Ese pequeño estrechamiento de dos metros en su anchura permitió una mejora general del proyecto en su conjunto, tanto en sus aspectos urbanísticos, como en sus costes económicos y, sobre todo, favoreció una compensación más equilibrada entre los propietarios de los solares.

El acuerdo definitivo se rubricó por todas las partes el día 7 de septiembre de 1937 en el despacho del alcalde Baltar Santaló, donde estuvieron presentes o representados los distintos propietarios. A saber:

Juan Manuel Saez Món, Alejandro Mon Landa, Germán Gómez Pazos y Manuel Vilela Pereira (herederos de Isidro Otero), Joaquín Fernández Villaverde y Ayuntamiento de Pontevedra, dueños por ese orden de los solares de la margen derecha. Y Manuel Corbal Hernández, Dolores y Clementina Mon Landa, Gómez Pazos y Vilela Pereira de nuevo (herederos de Isidro Otero), Hermitas Mateo (viuda de Manuel Fontao), José Lois y Mercedes Mon Landa, propietarios de las fincas de la margen izquierda.

A base de ceder un poco unos y otros, acabaron ganando todos, puesto que la resolución final del pleito judicial resultaba impredecible en 1937. Aún cabía una sorpresa, tal y como finalmente ocurrió.

El Tribunal Supremo terminó por revocar la sentencia contraria a los intereses municipales del Tribunal Provincial de lo Contencioso-Administrativo, y el 16 de febrero de 1944 falló a favor del recurso presentado por el Ayuntamiento de Pontevedra.

Las tornas cambiaron por completo, pero tal resolución no tuvo ningún efecto práctico, porque el acuerdo firmado en 1937 incluyó una renuncia anticipada de todos los propietarios a los derechos emanados de dicha sentencia.

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