El nivel de transparencia está relacionado positivamente con la calidad de los gobiernos democráticos y de las principales instituciones de un país. Y ello, porque facilita la formación de opinión cualificada y el ejercicio del control de los ciudadanos sobre la gestión de sus gobernantes. En el caso de España, el último índice de Percepción de la Corrupción 2013 de Transparency International, nos sitúa en el puesto número 40, con una puntuación de 59 sobre 100 (ausencia de percepción de corrupción), muy alejados de Dinamarca que, con 91 puntos, encabeza el ranking.

La nueva Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, publicada el pasado 10 de diciembre el BOE, es plenamente consciente de esta problemática. Por eso arranca su preámbulo con una sentencia rotunda: la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. La intención es buena. Qué podemos decir de su contenido y de lo que podemos esperar de su aplicación.

En primer lugar, cualquier ciudadano, vía denuncia, podrá exigir la responsabilidad directa de sus gobernantes. El Título dedicado al Buen Gobierno, ya en vigor, recoge la responsabilidad de los miembros del gobierno y altos cargos del Estado, autonómicos y locales, por infracciones tales como los compromisos de gastos sin crédito, la omisión del control económico-financiero, la no rendición de cuentas o, en otra línea el incumplimiento de sus funciones, la obtención de beneficios derivados de su cargo...etc. Las consecuencias no son leves. Puede llegar a la destitución del cargo, incluida la prohibición de ser nombrados nuevamente en un período mínimo de cinco años. Este es un nuevo elemento normativo claramente positivo.

En sentido contrario, la ley deja fuera a organizaciones e instituciones relevantes. La atención se ha centrado en la Casa Real. Pero es en su papel de control a sindicatos y partidos políticos donde de verdad ha quedado descafeinada; al tiempo que se ha perdido una excelente oportunidad para reconocer el papel de los "lobbies" en nuestro sistema, como grupos de representación de intereses, como en su día los incorporó la Unión Europea.

En tercer lugar, es preciso estar vigilantes en su aplicación efectiva.. Desde hace más de 20 años, los ciudadanos tenemos reconocidos por ley un elenco de derechos como garantía en nuestra relación con las administraciones públicas, sin que hayan conseguido su finalidad. La ley puede convertirse en una mera declaración de intenciones, como consecuencia del establecimiento del silencio negativo en el procedimiento de acceso a la información pública, la inclusión de un amplio listado de límites y la ausencia de un verdadero régimen sancionador.

Y esta prevención nos lleva a una cuarta reflexión: hay que tener claro que sin evaluación y control no se conseguirán los objetivos fijados. Al margen del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que crea la ley, es necesario establecer soportes efectivos de reacción ciudadana frente al incumplimiento por parte de las administraciones y herramientas que garanticen la rendición de cuentas. El impulso de la administración electrónica y las políticas de gobierno abierto deberían ayudar a una implantación real y eficaz de las nuevas dinámicas y buenas prácticas

En síntesis, la Ley de Transparencia constituye un primer paso para mejorar nuestro ordenamiento en esta materia e iniciar un proceso de cambio en nuestra cultura política gracias a la nueva configuración de la responsabilidad de nuestros dirigentes. Aprobar una ley es relativamente sencillo, lo difícil es concretar su ejecución y comprobar en qué medida se da respuesta a las demandas que pretendía satisfacer. Su aplicación íntegra no será exigible en un plazo de dos años. Veremos si en diciembre del 2015 se puede hacer una evaluación en la que predominen las tonalidades positivas.

*Secretaria de Administración Local