Julio Santos Pena / MARÍN

La publicación, el pasado domingo en esta misma sección de FARO DE VIGO de la sentencia por la que el Juzgado de lo Social número dos de Pontevedra condenaba a la empresa Estribela S.L., una de las más significadas de Marín por su actividad relacionada con el mundo de la mar, a readmitir a su jefe administrativo o, alternativamente, a abonarle más de 91.500 euros en concepto de indemnización, ha destapado lo que es, según parece, una larga trayectoria de desencuentros entre miembros de la citada empresa, muchos de ellos familiares directos y personas muy conocidas y apreciadas en esta localidad.

Otra sentencia

Al respecto de este conflicto llega ahora otra sentencia, pero en este caso del Juzgado de lo Social nº 3 de los de Pontevedra, dictada por el magistrado Fernando Cabezas Lefler quien, tras ver un conflicto paralelo dentro de la misma problemática pero con respecto a la empresa Marina Hispánica de Canarias perteneciente al mismo grupo y con los mismos actores, falla esta vez en contra de José Luis Pérez Otero, que solicitaba la readmisión en la citada empresa de la que también fuera despedido, pidiendo en esta ocasión una indemnización de 180.000 euros por daños y perjuicios, además del abono de otras cuantías por abono de salarios y otros conceptos.

El magistrado reconoce como hechos probados que José Luis Pérez era administrador único de la empresa Marina Hispánica de Canarias S.L. desde 1992, siendo el que gestionaba totalmente la empresa.

Recoge también el auto que "en septiembre de 1999 el actor decidió y firmó estableciendo las condiciones de contrato de trabajo como encargado general para la empresa demandada figurando como contraparte José Ángel Román, en concepto de gerente que firma a instancia del demandante desconociendo la empresa esta circunstancia, solicitando el 7 de octubre de 1999 pluriempleo como trabajador de la empresa citada y de Estribela S.L., en la que trabajaba como jefe administrativo desde diciembre de 1981 siendo además titular del 22% de las participaciones sociales de Marina Hispánica de Canarias, que en junio de 2002 cedió a su esposa al igual que sus participaciones en Cordelerías Marín S.L. y Estribela S.L."

Más adelante figura en los hechos probados que el descubrimiento de las nóminas y el contrato de trabajo antes referido apareció en el transcurso de una junta general ordinaria realizada con presencia de un notario y se refleja también que en otra junta extraordinaria la empresa pidió la privación de condición de socio de la esposa de José Luis Pérez y reclamación de cantidades indebidamente apropiadas del mismo considerando que habían sido pagadas de forma indebida por la sociedad.

En los fundamentos de derecho el juez estima "confusa" la situación del contrato del demandante al que considera creador de una "realidad aparente creada de forma unilateral" haciendo uso de sus facultades para nombrar y separar personal necesario y firmar los contratos dada su condición de administrador dándose la circunstancia de que suscribe un contrato de trabajo propio que es firmado por la empresa por otra persona, gerente de la misma que recibía sus órdenes.

Dada esta situación el magistrado Cabezas Lefler desestima la demanda de José Luis Pérez Otero y absuelve a Marina Hispánica de Canarias de las pretensiones ejercitadas en su contra.