La nueva resolución judicial contra el acuerdo plenario que aprobó el "Proyecto de Compensación de la UE-1-05 Rosalía de Castro 1" derivan de los hechos descritos, resumidamente, a continuación:

- Gasolinera. El 20 de junio de 1996, el TSXG anuló el Proyecto de Compensación del polémico polígono "por la única causa de que en él se mantiene en las fincas resultantes 16 y 16´ (entre las calles Inés Pérez de Zeta y República Argentina 8) el uso de la gasolinera existente, bajo las nuevas viviendas previstas en el planeamiento. Dicha sentencia fue recurrida en casación y ratificada por el Supremo en junio de 2001".

- Fallos formales. Los demandantes en los tres litigios citados no instaron la anotación preventiva de sus respectivos recursos en el Registro de la Propiedad. Por otra parte, tampoco se acordó la ejecución provisional de las referidas sentencias antes de que adquiriesen firmeza. Como consecuencia de ello, los actos administrativos impugnados mantuvieron su vigencia hasta finales de 2001, cuando sí los fallos judiciales adquirieron firmeza, pero hasta entonces, el Concello se vio obligao a conceder licencias de obras solicitadas en el polígono".

- Emplazamiento. La Junta y varios cientos de propietarios del ámbito interpusieron recurso de reposición contra el acuerdo del Gerencia. Al mismo tiempo, el Registro de la Propiedad se negó a inscribir las referidas sentencias por los siguientes motivos: "Falta de participación en los litigios de los actuales titulares registrales de las fincas resultantes" e "infracción de lo dispuesto en el artículo 34 dde la Ley Hipotecaria (principio de protección del tercer adquiriente registral)".