En el auto, que se ha hecho público tras la reunión mantenida hoy por las partes en el juzgado, se declara inadmisible la petición de suspensión de los actos del Carnaval en la calle solicitada por un grupo de vecinos a los que les molestaba el ruido.

Según el juez, la suspensión del Carnaval no ha lugar porque la medida cautelar planteada fue resuelta ya para el año 2007 por una sentencia de 2006 de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.