El Concello de Lalín ha conseguido ya, bien mediante gestión urbanística -caso del plan parcial de Lalín de Arriba-, bien a través de convenios con los propietarios, la cesión de cerca del 80% de los 45.318,17 metros cuadrados afectados por la construcción de la ronda este, sin incluir el tramo ya construido, SG-V3, que enlaza la rotonda de O Rodo con la de Lalín de Arriba. De hecho, en la jornada de ayer, el concejal de Urbanismo, Román Rodríguez, mantuvo una nueva reunión con propietarios afectados para intentar obtener la cesión gratuíta de los terrenos y no tener que recurrir a la expropiación. En cualquier caso, ésta se pondrá en marcha hoy, aunque, en caso de llegar a acuerdos puntuales con los propietarios, se excluirían los terrenos pactados.

A la reunión de ayer asistieron una quincena de personas -entre propietarios y abogados- afectadas por la construcción del vial SG-V2 en el tramo que comprende desde la calle F hasta la calle 4. Román Rodríguez les explicó las particularidades de los convenios urbanísticos formulados por el gobierno local para conseguir los terrenos de forma anticipada, sin necesidad de recurrir a la expropiación. El concejal, que estuvo acompañado por el asesor jurídico municipal y por el ingeniero agrónomo, informó a los presentes de que los convenios planteados podrán firmarse en los próximos días, con independencia de que hoy, a partir de las 10.00 horas, se proceda al trámite de levantamiento de las actas previas a la ocupación. Justificó la necesidad de iniciar el procedimiento de la expropiación por el hecho de tener que ceder los terrenos a la Xunta antes del 1 de octubre, ya que la construcción del vial, "de interese xeral para Lalín", está supeditada a dicha cesión.

En cuanto a los convenios, Rodríguez indicó que la propuesta municipal a cambio de la consecución anticipada de los terrenos consiste en la urbanización de la superficie afectada por el SG-V2 junto con la reposición de los servicios y cierres existentes en las mismas condiciones y con los materiales actuales sin coste económico para el propietario. También incluye una modificación de la tipología urbanística aprovechando la adaptación del Plan Xeral para posibilitar la tipología residencial multifamiliar con altura máxima de tres plantas, incluido el bajo, pero manteniendo la actual edificabilidad recogida en la ordenanza 2.2. Al considerarse ese ámbito como suelo urbano no consolidado, su desarrollo requerirá la aprobación de planes parciales o áreas de reparto, según el caso.