La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha acordado archivar la causa seguida en la Audiencia Nacional contra el grupo Vidal Armadores, acusados de pesca de forma ilegal merluza negra (o austromerluza) en el océano Antártico desde, al menos, el año 2006. El motivo esgrimido es la falta de jurisdicción de los tribunales españoles en aguas internacionales, por lo que estima el recurso de tres de las personas investigadas: Manuel y Ángel Vidal Pego, hijos de Antonio Vidal Suárez -conocido como Tucho el Coyo-, y Joaquín Pérez Mariño, yerno.

El presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, destaca que los tribunales españoles no tienen capacidad jurisdiccional para conocer los delitos investigados en la causa (protección de la fauna, falsedad, blanqueo de capitales y organización ilícita) cometidos en aguas internacionales por barcos españoles. Los hechos se produjeron en enero de 2015 cuando una patrullera de Nueva Zelanda abordó el buque pesquero Shongua, que se encontraba en aguas internacionales del océano Antártico. Días después se abordaron también a los pesqueros Yongding y Kunlun cuando faenaban en la misma zona.

Los tres están vinculados directamente con Vidal Armadores a través de las escuchas de los investigadores, según descubrió el auto de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. A estos barcos se suma también el Louyang. El Ministerio Fiscal, en su querella, indica que los buques estarían pescando merluza negra en el área regulada por la Convención sobre la Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (Ccamlr).

Defensa

La defensa alude que esta especie no está en peligro de extinción y que es consumida y pescada de forma habitual. Además, señala que no se hizo de forma peligrosa, pues solo utilizaron redes de enmalle. A esto, añaden que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no incluye pesca ilegal en los supuestos para actuar en un caso de aguas internacionales: "piratería, terrorismo, tráfico ilegal de drogas tóxicas, trata de seres humanos, delitos contra los derechos de ciudadanos extranjeros y delitos contra la seguridad de la navegación marítima".

Por todo ello, la defensa entiende que "excluida la capacidad jurisdiccional para la investigación del delito principal", no ha lugar a juzgar los que se derivan de ella: blanqueo de capitales, integración en grupo criminal o falsedad en documento mercantil.

Así, el juez Manuel Marchena anula la resolución dictada por la Lamela y acuerda que "se archive el procedimiento conforme a derecho, decretando el sobreseimiento libre". Entiende, sobre todo, que la Ccamlr, convención que cuida las aguas donde se realizó pesca ilegal, no incluye en su articulado una base necesaria para la proclamación jurisdiccional, al igual que la LOPJ.

Inhabilitados

Pese a este archivo de la causa, el Ministerio de Agricultura (Magrama en aquel entonces) impuso sanciones por valor de 17,8 millones de euros a nueve empresas y siete personas, todas ellas pertenecientes al entramado societario de la ribeirense Vidal Armadores. El expediente, relacionado con la operación Sparrow que tuvo lugar en marzo de 2015, explica que las penas de inhabilitan oscilan entre los 5 y los 23 años dependiendo de la "la vinculación a uno, dos, tres o los cuatro barcos implicados".

Este año, también en marzo, la Guardia Civil junto con la Interpol llevaron a cabo cinco inspecciones en la operación Yuyu en las instalaciones de Vidal Armadores, que se saldaron con seis detenidos: Antonio Vidal Suárez, sus tres hijos (Manuel Antonio, Ángel y Belén), Francisco Rama y Joaquín Pérez. Todos ellos salieron de prisión tras pagar una fianza de 100.000 euros cada uno.