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Prohibido construir buques sin permiso, colgar más cuerdas o exportar mejilla

El anteproyecto de la Lei de Acuicultura de Galicia considera infracciones de carácter leve -y para estos casos se contemplan sanciones de entre 150 y 3.000 euros- acciones como la falta de respeto o colaboración con las autoridades de vigilancia e inspección, la carencia de informes ambientales en los establecimientos acuícolas o la descarga de productos de acuicultura fuera de los puertos o lugares autorizados.

El empleo de maquinaria sin autorización, la introducción de cambios no permitidos en los establecimientos o la deficiente transmisión de los datos de primera venta son otras acciones consideradas falta leve.

Las infracciones graves, que pueden dar lugar a sanciones económicas de entre 3.001 y 30.000 euros, se refieren a la obstrucción de las labores de inspección, incumplir las normas de producción, carecer de póliza de seguro, incumplir las autorizaciones para extracción de la semilla de mejillón o construir o modernizar buques auxiliares de acuicultura sin permiso.

La misma prohibición pesa para el transporte o almacenamiento de productos fraudulentamente, y se castigará distorsionar u omitir los sistemas de localización y seguimiento de las embarcaciones auxiliares e introducir en el mercado productos que no estén debidamente etiquetados.

También se considera grave superar el límite de cuerdas de mejillón permitidas en una batea o su longitud, no expedir facturas o cualquier otro documento mercantil, no instalar dispositivos de señalización que ayuden a la navegación marítima, el traslado clandestino de bivalvos de unas zonas a otras y el incumplimiento de los períodos de descanso programados.

Vender o trasladar mejilla o mejillón de "desdoble" a bateas situadas fuera de Galicia también está prohibido y será considerado falta grave.

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